La Corte Suprema ordenó a La Pampa frenar la obra del trasvase del acuífero del Valle Argentino y el gobierno pide que hagan cumplir todos los fallos

La Corte Suprema ordenó a La Pampa frenar la obra del trasvase del acuífero del Valle Argentino y el gobierno pide que hagan cumplir todos los fallos
4 Octubre, 2023 a las 15:00 hs.

“A través del portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se tomó conocimiento que dicho tribunal emitió sentencia en expediente N°2214/2018 caratulado “De Aguirre, María Laura y otro c/ La Pampa, Provincia de y otro (Estado Nacional) s/ amparo ambiental”. Dicha sentencia, no se encuentra formalmente notificada”, confirman desde Casa de Gobierno.

En la misma, se da traslado a Provincia para contestar demanda -plazo comenzará a correr cuando la misma sea notificada con las formalidades exigidas en la ley- y se acepta la medida cautelar interpuesta por la actora, ordenando al Gobierno de La Pampa a frenar la obra del trasvase de agua subterránea del Acuífero del Valle Argentino para abastecer transitoriamente al Acueducto del Río Colorado, la cual a la fecha no está iniciada.

Es necesario recordar que la normativa provincial vigente al momento del dictado de la disposición 176/2018 eximía de la presentación del estudio denominado Evaluación de Impacto Ambiental, solicitando el estudio técnico llamado Informe de Impacto Ambiental. Esto no implicó de ningún modo, la eximición del procedimiento, también denominado “Evaluación de Impacto Ambiental”, únicamente se eximió de la presentación de un tipo de estudio, optándose por otro también regulado en la Ley N° 1914. Es decir que, el proceso se realizó conforme a la ley y se solicitó el informe de impacto ambiental con el correspondiente llamado a audiencia pública.

En definitiva, se llevó adelante todo el proceso que demostró que la obra no generaría daño al acuífero y posterior a eso se otorgó la DIA.

Que la Corte haga cumplir sus fallos

“No obstante ello, una vez notificada sentencia se dará cumplimiento a la demanda judicial, respetando lo dictaminado por el máximo tribunal del país. Es necesario poner en valor y respetar las sentencias judiciales, situación que viene padeciendo este Gobierno a lo largo de los años ante el incumplimiento de sentencias dictadas por el mismo tribunal y respecto de las cuales se hace caso omiso, o bien respecto de las cuales hay un retardo injustificado en su dictado”, explican desde el Gobierno pampeano.

Es por ello, que La Pampa “brega una vez más -en coherencia con todos los reclamos iniciados- por el fortalecimiento del derecho ambiental, el cumplimiento de sentencias judiciales como así también por el eficiente accionar judicial en salvaguarda de los derechos”.

Por consiguiente, “proclama y anhela que la Corte actúe en el mismo sentido en todos los pedidos y reclamos que desde el Gobierno de La Pampa se vienen realizando en materia de derecho ambiental”.

EL FALLO DE LA CORTE

La Corte, en el marco de su competencia, requirió a la Provincia de La Pampa la presentación del programa ejecutivo de la obra denominada ‘Provisión transitoria de agua desde el Valle Argentino al Acueducto del Río Colorado’ y copia de las actuaciones relativas a los distintos aspectos ambientales del proyecto de acuerdo con la regulación de presupuestos mínimos aplicable y vigente.

Cumplido este pedido, el Tribunal requirió a la demandada el informe circunstanciado que prevé el artículo 8° de la ley 16.986 e hizo lugar a la medida cautelar, suspendiendo las acciones dirigidas a iniciar la obra hasta el dictado de la sentencia definitiva.

Respecto de la verosimilitud del derecho expresó que la disposición del subsecretario de ambiente de la provincia fue dictada sin que se explicitaran razones por las cuales correspondía eximir a la obra en cuestión de cumplir con el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental que establece la legislación provincial y en cuanto al peligro en la demora advirtió que, si se resolviera finalmente que las obras tienen un impacto ambiental significativo y que, en consecuencia, correspondía la realización de la evaluación de impacto ambiental y el proceso de participación ciudadana, la recomposición del daño al ambiente podría haber sido de muy difícil concreción.

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