El consejo superior de la UNLPam decidió “suspender todas las actividades presenciales en el ámbito de la Universidad Nacional de La Pampa, desde las 00:00 horas del lunes 31 de mayo y hasta el 7 de junio de 2021, inclusive”.
En los aspectos resolutivos se decidió “establecer que los equipos de gestión del Rectorado y de las Unidades Académicas son actividades esenciales” y en consecuencia no están comprendidos en los alcances del primer artículo.
Asimismo se decidió “habilitar a Decanatos y a responsables de las Secretarías de Rectorado, a declarar esenciales las actividades que corresponda y convocar para prestar servicio presencial al personal estrictamente imprescindible para su realización, y siempre que el mismo no esté considerado dentro de un grupo de riesgo de acuerdo con la definición del Ministerio de Salud de la Nación”.
Además se instó a las personas que realicen actividades presenciales esenciales, a mantener el cumplimiento estricto de los Protocolos Específicos aprobados por el Comité de Condiciones y Ambiente de Trabajo de la UNLPam.
En los considerandos se consignó el dictado de los Decretos Nº 1504/20 y 1505/20 del gobierno de La Pampa, con vigencia desde las 00:00 del lunes 31 de mayo y hasta el 7 de junio inclusive y con modificaciones en la regulación de algunas actividades y en los horarios y limitaciones a la circulación, y también en lo relativo a la actividad de la Administración Pública, respectivamente” y que “dada la importancia y naturaleza de las medidas señaladas, resulta pertinente que la Universidad Nacional de La Pampa haga lo propio”.