Mirá cómo se tramita el permiso de circulación para empleadas domésticas, comerciantes y nuevos exceptuados en La Pampa

Mirá cómo se tramita el permiso de circulación para empleadas domésticas, comerciantes y nuevos exceptuados en La Pampa
30 Abril, 2020 a las 20:19 hs.

El Ministerio de Conectividad y Modernización informó hoy que el sitio web certificadocirculacion.lapampa.gob.ar para tramitar los permisos de circulación estará disponible a partir de las 00 del viernes 1 de mayo.

En este caso, en virtud de lo anunciado en conferencia de prensa por el gobernador, Sergio Ziliotto se lanza este sitio para que todas aquellas personas autorizadas a realizar sus actividades laborales, sean autónomos o en relación de dependencia, tramiten el certificado de una manera simple, ágil y rápida.

Ante la eventual saturación del sitio por intenso tránsito y uso, se sugiere a los interesados ingresar en diferentes horarios para poder completarlo.

Por último, informaron que pueden hacerlo durante el transcurso del fin de semana largo, ya que el certificado entra en vigencia a partir de las 00 horas del lunes 4 de mayo, o incluso tramitarlo los días posteriores.

El Decreto Provincial Nº 764/20 establece las siguientes excepciones:

1Venta de mercadería elaborada y no elaborada, repuestos y accesorios, de comercios minoristas y mayoristas, y/o toda otra actividad comercial con habilitación municipal. Podrán abrir sus puertas para la atención al público únicamente de lunes a viernes de 14 a 18 horas, cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.

2Colegios Profesionales y cajas previsionales y de seguridad social. Podrán abrir sus puertas para la atención a sus colegiados únicamente de lunes a viernes de 13 a 18 horas, cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.

3Tareas de trabajadoras y trabajadores alcanzados por el régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casa particulares y/o trabajo doméstico. Podrán prestar tareas de lunes a viernes entre las 8 y las 18 horas y cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.

4Actividades y/o servicios de los centros de estética, peluquerías y barberías. Podrán abrir sus puertas para la atención del público únicamente de lunes a viernes de 13 a 18 horas. La atención será con turno previo y sin espera y cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.

5Ejercicio profesional de abogados, contadores, arquitectos, ingenieros, maestros mayores de obra, agrimensores, entre otros. Podrán trasladarse y concurrir a los lugares de trabajo únicamente de lunes a viernes entre las 13 y las 18 horas, cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19. No se permite la atención al público.

Los arquitectos, ingenieros, maestros mayores de obra, agrimensores podrán trasladarse para realizar tareas en obras públicas y particulares cumpliendo los recaudos y prevenciones.

6Actividades relacionadas con la atención de la salud: psicólogos, nutricionistas, kinesiólogos, fonoaudiólogos, psicopedagogos, entre otros. Podrán abrir sus puertas para la atención al público únicamente de lunes a viernes de 13 a 18 horas. La atención será con turno previo, sin espera y cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.

7Actividades de los escribanos, martilleros y corredores de comercio. Podrán abrir sus puertas para la atención al público únicamente de lunes a viernes de 13 a 18 horas. La atención será con turno previo, sin espera y cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.