Dos diputados proponen incorporar tres artículos específicos al código procesal penal de La Pampa para frenar los abusos de las financieras

Dos diputados proponen incorporar tres  artículos específicos al código procesal penal de La Pampa para frenar los abusos de las financieras
12 Marzo, 2020 a las 07:35 hs.

El Diputado Espartaco Marin informó en la comisión de legislación general, que presentó junto al diputado José González, un proyecto de ley para continuar poniendo un freno a los abusos de las financieras.

La propuesta propone incluir tres artículos al Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de La Pampa, a los fines de abordar el tratamiento procesal en aquellos juicios que impliquen créditos ejecutados a consumidores, estableciendo que en aquellos casos que los títulos ejecutivos que provengan de un crédito deberán contener ciertos requisitos; que no hacen más que obligar al acreedor a informar correctamente al consumidor, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Defensa del Consumidor y la ley local 3050. Dicha información es el nombre y la razón social del proveedor del crédito , la descripción del bien o servicio, el monto total, el monto financiado, incluyendo el costo financiero total, los montos a desembolsar, las tasas de interés, el sistema de amortización, los otros gastos y comisiones, etc.

La inobservancia de dichos recaudos tornaría inhábil al “título ejecutivo”, debiendo por consiguiente aportar al proceso dicha documentación y ser “discutido” en un juicio ordinario”.

Otro artículo prevé “presunciones” para evidenciar cuándo se está frente a una deuda de este tipo. Así detalla una serie de situaciones como la de que el acreedor se dedique a esa actividad, o cuando el monto dinerario sea inferior al equivalente a 5 (cinco) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente al tiempo de la celebración del contrato; entre otros. Asimismo, se contempla la posibilidad de morigerar intereses cuando se traten de intereses encubiertos o que no guardan una contraprestación real y efectiva.

En síntesis este proyecto contiene como fundamento principal que “el ejecutado es un débil jurídico que merece una protección especial”. Este proyecto se integra también con el proyecto que fue de nuestra autoría, y que luego se convirtió en la Ley 3050 de Registro de Entidades Financieras. “Estamos enteramente comprometidos con la lucha contra las prácticas abusivas y con los derechos del consumidor” y agregó que “continuaremos trabajando en la protección de estos derechos”.

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