General Pico: prisión en suspenso para el dueño de un complejo que por música alta, disparó un arma de fuego e hirió a un joven

General Pico: prisión en suspenso para el dueño de un complejo que por música alta, disparó un arma de fuego e hirió a un joven
La jueza de audiencia María José Gianinetto
10 Marzo, 2020 a las 17:50 hs.

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto (FOTO), condenó a Eduardo Arturo Goicoechea, de 64 años,  como autor material y penalmente responsable de los delitos de “amenazas agravadas por el uso de arma de fuego, portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal y abuso de arma”; a la pena de un año de prisión en suspenso.

Además le ordenó como reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio; someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje y someterse a un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad.

Las partes en el proceso estuvieron representadas por el  fiscal Guillermo Komarofky, el defensor particular Sergio Fresco y el imputado quien admitió su culpabilidad. Los damnificados, al ser informados oportunamente por el fiscal sobre las implicancias del acuerdo, prestaron su conformidad.

Con las pruebas aportadas en la causa, quedó demostrado que el 9 de noviembre de 2018, siendo las 3.30 hs. aproximadamente, un grupo de jóvenes se encontraba festejando un cumpleaños en el patio común de un complejo de departamentos de esta ciudad. En ese momento, se apersonó Eduardo Arturo Goicoechea portando un arma de fuego tipo pistola, se la apoyó en el cuello a uno de los jóvenes participantes del cumpleaños, luego efectuó disparos hacia el grupo de jóvenes; impactando uno de ellos en el brazo derecho de uno de los presentes.

Gianinetto agregó que “la lesión sufrida por el damnificado se encuentra constatada, y de acuerdo a lo informado por el médico forense, reviste el carácter leve, quedando por lo tanto, subsumida conforme lo prevé el segundo párrafo del art. 104 del C.P., en la figura penal de ‘abuso de armas’ ”.

La jueza también expresó que “se ha acreditado la utilización de un arma de fuego, por lo que deviene procedente la agravante en la figura de amenazas mediante el empleo de armas, al surgir que la conducta del imputado estaba dirigida a alarmar o amedrentar”.

El imputado no registra antecedentes penales. Finalmente la magistrada ordenó el decomiso del arma secuestrada.

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