“Cuento del Tío” en Pico y Santa Rosa: por estafas reiteradas lo condenaron a 10 meses de prisión de efectivo cumplimiento

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10 Agosto, 2018 a las 16:59 hs.

El juez de control de General Pico, Alejandro Gilardenghi, condenó hoy a Oscar Alberto Forcinito por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de estafas reiteradas -seis  hechos consumados y dos en grado de tentativa-; a la pena de diez meses de prisión de efectivo cumplimiento, y le mantuvo la declaración de reincidente.  



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La sentencia fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal general Armando Agüero, el defensor oficial Guillermo Costantino y el imputado quien admitió la culpabilidad de los hechos.

Con las pruebas aportadas en la investigación fiscal preparatoria, quedó demostrado que Forcinito realizó maniobras engañosas y  ardidosas ilícitas el 20 de marzo de 2018  en un local comercial ubicado en la ciudad de Santa Rosa; y al otro día, 21 de marzo, en diferentes comercios de la ciudad de General Pico. Algunos hechos resultaron estafas consumadas, y otros quedaron en grado de tentativa, en todos los casos el autor actuó con un mismo “modus operandi”.

El mismo consistía en que el  imputado ingresaba e iniciaba diálogo con las empleadas de los diversos locales en forma persuasiva y amable. Les manifestaba que venía de parte del dueño o encargado del local respectivo, para hacer entrega de mercaderías que ellos le habían comprado y solicitado que se la llevaran a sus respectivos locales comerciales. Seguidamente, le pedía a la empleada que le abonara la transacción, aduciendo que el dueño o encargado así lo pretendía, tras lo cual  se retiraba del local, diciendo que volvería enseguida y les entregaría la mercadería supuestamente vendida, pero lo cierto es que nunca regresaba al local respectivo, yéndose en un vehículo automotor y llevándose consigo el dinero obtenido.

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Todas las operaciones resultaron ser falsas, dado que nunca la concretó con el dueño, encargado o persona alguna de dichos negocios, ni acordó con ellos entrega de mercadería alguna, ni la prestación de servicios o realización de trabajos en favor de los negocios en cuestión, siendo todo ello constitutivo de ardides destinados a inducir a error a las empleadas; valiéndose Forcinito para concretar dichas maniobras de una identidad falsa.

Además, en uno de los locales comerciales ubicados en  la Terminal de Ómnibus de General Pico, la estafa abarcó otra conducta consistente en manifestar a la empleada su decisión de adquirir prendas de vestir y que su precio lo iba a abonar con una tarjeta de crédito, aparentando así solvencia económica para concretar la transacción, induciendo a error a la vendedora.

En cambio, en cuanto a dos sucursales de una heladería de la ciudad,  el delito no se consumó -aunque se intentó perpetrar-, dado que el sujeto  no logró llevarse suma dineraria alguna, al ser descubierto -por las empleadas que lo atendieron- en su intento delictivo.

Por último Gilardenghi agregó que “ con la decisión acordada por las partes no se afectan el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva (más bien ocurre lo contrario), dado que aún en el hipotético caso de finalizarse este proceso de un modo ordinario, en un eventual juicio oral y público -y no con la salida alternativa que aquí se presentó-, la sentencia que recaería (…) sería similar o idéntica a la acordada por las partes”.