Estafa del Mini Cooper: 3 años de efectivo cumplimento para el vendedor de autos Eduardo Siri

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11 Mayo, 2018 a las 15:38 hs.

El juez de Audiencia de Juicio Florentino Rubio condenó hoy a Eduardo Abel Siri, como autor material y penalmente responsable del delito de estafa; a la pena de  tres años de prisión y costas. 



El Juicio Oral se realizó el 4 del corriente mes y año, con la actuación unipersonal del Juez Rubio, el fiscal general  Dr. Armando Agüero, como querellante particular Jorge Pablo Suárez- el damnificado-  con el patrocinio letrado del Dr. Leonardo Ananía, y como defensor del acusado, el Dr. Alejandro Caram.

La prueba debatida en el Juicio  permite tener por cierto que Eduardo Abel Siri le vendió el día 12 de agosto de 2016 a Jorge Suárez, un automotor Mini Cooper “S”, sedan, de tres puertas, en la suma de  $ 320.000. La suma le fue pagada en su totalidad a Siri,  quien en dicha fecha le entregó el vehículo a Suárez. El rodado presentaba serios desperfectos en su motor,  que Siri conocía y le ocultó a Suárez,  los que provocaron el mal funcionamiento del mismo.  Ante el reclamo de Suárez, Siri retiró el  automóvil del  domicilio de aquel,  con la promesa de repararlo o revenderlo, no habiendo reintegrado nunca el dinero ni el vehículo. 

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El damnificado había contactado a Siri por intermedio de una reconocida publicación on line y el imputado había traído el automóvil desde Buenos Aires a Intendente Alvear, donde finalmente realizaron la operación. 

 Respecto a la calificación legal del delito  Rubio destaca la declaración del mecánico que revisó el auto cuando Suárez se lo llevó a arreglar. “De acuerdo al mismo, las fallas del motor detectadas por éste eran de tal envergadura que su reparación insumiría aproximadamente la mitad del monto pagado por el vehículo. Además dichos desperfectos se debían a un mal funcionamiento del vehículo por lapsos largos de tiempo.”

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También agrega que “sin duda alguna, dichas fallas no podían ser desconocidas por Siri, como habitual vendedor de autos. Sabía que en algún momento, si no se reparaba el vehículo, los desperfectos iban a inutilizarlo. Siri los conocía y los ocultó adrede.”

 El juez Rubio tuvo en cuenta  como circunstancias atenuantes” la carencia de antecedentes condenatorios según surge del informe del Registro Nacional de Reincidencia y su edad”  y, como circunstancias agravantes” el nivel cultural y de instrucción y actividad comercial habitual, que hacen que Siri sea una persona con suficientes recursos para motivarse correctamente en la norma, no es una persona vulnerable; el haberse aprovechado de personas trabajadoras como son Suárez y Olguín que depositaron toda su confianza en él y le entregaron todos sus ahorros y cuya situación económica Siri no desconocía porque estuvo en el hogar de los mismos; el enorme daño ocasionado, no solo por la ingente suma de dinero de la que los desapoderó, sino también porque  que la misma era todos los ahorros que tenían, menguando considerablemente  la situación económica;  los dejo sin medio de movilidad, lo cual encareció  los  traslados de la mujer de Suárez a esta ciudad para realizar  los controles de su  embarazo de mellizos, circunstancia que tampoco desconocía Siri; el desentendimiento para solucionar el daño; y  la desaparición del vehículo, el cual de haber sido devuelto  aun roto,  hubiera disminuido el  daño causado.”

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