Aberrante: Mientras atendían a su pareja abusó de su hijastra en el estacionamiento del hospital

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30 Junio, 2017 a las 00:08 hs.

El abusador fue condenado esta semana a una pena en suspenso. No podrá acercarse a la menor.



Esta semana el juez de audiencia Florentino Rubio condenó a RRD, un hombre de 44 años, por el abuso de su hijastra menor de edad. El condenado fue juzgado a mediados de mes, en un debate oral y público que demandó dos audiencias en las que participaron el fiscal Luciano Rebechi y la defensora oficial María José Gianinetto. Además, declararon familiares, médicas y enfermeras del hospital, y diferentes peritos.

“La prueba debatida permite tener por cierto que R.D.R. abusó sexualmente de su hijastra K.A.G., quien en ese momento contaba con 7 años de edad, mediante tocamientos en la zona vaginal y la cola. El hecho ocurrió el 2 de abril de 2016, aproximadamente a las 22:15 horas, en el sector de estacionamiento de la Guardia Central, del Hospital “Gobernador Centeno”, de esta ciudad, que da sobre la calle 108. Allí ambos se encontraban junto a otros familiares, debido a que la madre de K. y pareja del imputado, R.Z, estaba siendo atendida en la guardia de dicho nosocomio, cuando en un momento en que K. quedó sola con R., éste la llevó a un sector oscuro del estacionamiento donde la abusó”, afirmó el magistrado.

Finalmente, el doctor Rubio falló “condenando a R.D.R. (…) como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por ser el autor el encargado de la guarda, a la pena de tres años de prisión en suspenso y costas, imponiéndole las siguientes reglas de conducta que deberá cumplir durante el plazo de tres años: a) fijar residencia y someterse al contralor del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje (ley 2.831). b) abstenerse de acercarse a menos de doscientos metros a A.K.G. y de mantener comunicación por cualquier medio con ella, c) abstenerse de usar estupefaciente y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas y d) someterse a un tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia y en orden al delito por el que se lo condena”.

Además, lo absolvió por otro supuesto caso de abuso y ordenó “la remisión de copia certificada de la presente sentencia al Asesor de Menores”.