El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a Alex Javier Quiróz, de 28 años de edad, como autor material y penalmente responsable de los delitos de robo agravado por la utilización de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no ha podido ser acreditada y encubrimiento agravado por el ánimo de lucro en concurso real con estelionato en grado de tentativa;a la pena de tres años y seis meses de prisión y la expresa declaración de reincidencia.
El juicio se desarrolló durante los días 16 y 17 de febrero de este año, con la actuación unipersonal del juez Pagano, la intervención de la fiscal María Verónica Campo y el defensor particular Michel Divoy Martin.
Los hechos por los que fue acusado Quiróz tuvieron dos damnificados diferentes.
En referencia al primero de ellos, quedó demostrado que el 22 de junio de 2022 Alex Javier Quiróz, junto a otra persona no identificada, ingresó portando una pistola a un domicilio de esta ciudad, por la puerta/ventana que da al patio trasero de la vivienda, que se encontraba sin seguridad. Momentos después, en virtud del ruido escuchado, descendió de la planta alta el morador del inmueble a quien el acusado le esgrimió el arma de fuego manifestándole: “…callate la boca…..tirate al piso…. no grites manos en la nuca……no mires”. Luego le taparon sus ojos con un buzo color negro y llevaron al damnificado hacia una habitación ubicada en el primer piso, preguntándole a su vez donde poseía el dinero/dólares. Una vez en la habitación le ordenaron que se arrodillara en el suelo y le sujetaron sus manos con el cable cargador de la computadora portátil y un cinto de cuero. Luego se retiraron del lugar sustrayendo la suma total de $133.000, una notebook, un teléfono celular marca Samsung Galaxy, m-A50, una billetera que contenía en su interior cedula de identidad, tarjeta de débito y crédito y una mochila para portar la computadora.
En el segundo caso, quedó demostrado que el 27 de junio de 2022 Alex Javier Quiróz tenía en su poder una notebook de otro damnificado a quien personas que se ignoran se la habían sustraído -junto a otros elementos- el 26 de junio de 2022. Quiróz, al dia siguiente intentó vender la notebook que había sido sustraída al damnificado antes referido, por la suma de $ 20.000 “–siendo éste un precio irrisorio si tenemos en cuenta que en el mercado nueva cuesta aproximadamente quince veces más y usada diez veces más de lo peticionado-“, expresó el magistrado. Para ello, envió mensajes vía WhatsApp con fotos de la computadora portátil a otra persona. Asimismo, el 28 de junio del mismo año fue hallado en su poder un cuchillo marrón, también perteneciente al damnificado.
En el alegato de clausura, la representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de tres años y seis meses de prisión, con expresa declaración de reincidencia. El defensor particular, por su parte, solicitó la absolución de su defendido.
Como circunstancias agravantes, el juez tuvo en cuenta “la pluralidad de hechos y los antecedentes del acusado; mientras que como circunstancia atenuante su juventud; por lo que accederé al pedido de pena de la fiscal por considerarlo proporcional y adecuado, imponiéndole al acusado tres años y seis meses de prisión”.
Finalmente, en su sentencia, el magistrado ordenó enviarle una vista al Ministerio Público Fiscal a los efectos de que evalúen la posible comisión del delito de falso testimonio (art. 275 del C.P.P.) por parte de dos testigos que se presentaron en el debate.