Las mujeres de 29 y 43 años fueron condenadas hoy por hurto. El hecho sucedió en marzo del 2020.
La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto condenó a María Sabina Soria, de 43 años, por considerarla coautora material y penalmente responsable del delito de hurto simple a la pena de un año de prisión, y le unificó dicha pena con una condena anterior, dictada el 1 de noviembre de 2021, componiendo la pena única de tres años de prisión de efectivo cumplimiento.
También condenó a Laura Edith Aguirre, de 29 años, por considerarla coautora material y penalmente responsable del mismo delito, a la pena de un mes de prisión en suspenso. Además, le impuso el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por el plazo de dos años: fijar domicilio, y en caso de modificarlo notificar previamente al juez de ejecución o Ministerio Público Fiscal y sometimiento a la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley u organismo que corresponda en la jurisdicción de su domicilio.
El juicio tuvo lugar con la actuación del tribunal unipersonal compuesto por Gianinetto, la participación de la fiscal Verónica Campo y el defensor particular Raúl Quiroga, el 8 de febrero del corriente año.
Con las pruebas aportadas en el debate la magistrada dio por comprobado que el 2 de marzo de 2020, Sabina Soria junto a Laura Edith Aguirre sustrajeron la suma aproximada de treinta mil pesos que se encontraban debajo del apoyabrazos de una camioneta que era conducida por el damnificado. El hecho se desarrolló durante el recorrido realizado entre la intersección de la Ruta Provincial Nº 2 y Nº 7 -lugar donde el damnificado embarcó a las imputadas que se encontraban realizando autostop- y la ruta provincial Nº 101 – en la rotonda- de la localidad de General Pico, donde las imputadas descendieron.
Sobre la sanción a aplicar, la fiscal solicitó se aplique a María Sabina Soria la pena de un año de prisión, unificando la misma con la pena que se encuentra cumpliendo en un legajo anterior, y se imponga la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento. Respecto de Laura Aguirre solicitó se le imponga la pena de un mes de prisión en suspenso, con la regla de conducta consistente en fijar domicilio y someterse al Patronato de Liberados de su jurisdicción, por el plazo de dos años, lo que resulta el límite para el Tribunal.
Como circunstancias agravantes, la magistrada consideró que Soria registra antecedentes condenatorios. La imputada ya había sido condenada a la pena de un mes de prisión de efectivo cumplimiento en otro dos legajos anteriores, en orden a los delitos de hurto simple -dos hechos-. “Nótese que se trata de los mismos delitos que aquí se le reprochan, por lo que se advierte que lejos de haberse inspirado en la norma, luego de haber padecido un proceso penal y una condena, no ha modificado su conducta, por lo que su reproche debe ser mayor”, agregó la jueza Gianinetto.
En cuanto a Laura Aguirre, consideró como atenuante las circunstancias mencionadas por la fiscal en sus alegatos, en cuanto a que no registra antecedentes condenatorios, que se trata de una persona joven y madre de niños pequeños.
Asimismo, respecto de ambas mujeres, la magistrada consideró como atenuante la circunstancia que el dinero objeto del delito fue recuperado en forma inmediata en su totalidad.
“Por todo ello, es justo, proporcional y razonable imponer a Soria la pena de un año de prisión por el hecho ventilado en el presente legajo, que unificaré con la pena impuesta en legajo anterior, componiendo la pena única en tres años de prisión; y en relación a Aguirre, fijaré la pena en un mes de prisión en suspenso, con las reglas de conductas mencionadas por el plazo de dos años” concluyó la magistrada. .