General Pico: joven de 22 años irá a prisión por amenazas y portación de arma de guerra

General Pico: joven de 22 años irá a prisión por amenazas y portación de arma de guerra
20 Agosto, 2020 a las 16:10 hs.

La jueza de audiencia de juicio María José Gianinetto condenó a Lucas Gabriel Pérez,de 22 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de “amenazas agravadas por el uso de armas y portación de arma de fuego de guerra sin la debidas autorización legal” , a la pena de tres años y seis meses de prisión, de efectivo cumplimiento.

Los hechos ocurrieron el 29 de abril de este año, cuando el imputado se encontraba en una esquina de esta ciudad junto a otro masculino aún no identificado y le hizo señas a otra persona,  quien se encontraba sentado en la vereda de su domicilio, indicándole que fuera, para luego tomar un arma de fuego que éste masculino no identificado previamente le había pasado.

Asimismo, un rato más tarde el mismo día, el imputado pasó frente al domicilio del damnificado, en una motocicleta  y luego de unos minutos se presentó en el domicilio mencionado, de manera pedestre, llevando en su mano derecha un arma de fuego  -con aptitud para su funcionamiento específico y cargada con una munición en la recámara y siete municiones en su cargador, todas calibre 9 mm- apuntando hacia la humanidad de la víctima y al llegar a la casa lindante del nombrado, llevó la corredera del arma hacia atrás, por lo que el damnificado se metió rápidamente al interior de su domicilio. Ello sumado a que semanas previas, la víctima ya había sido amenazado y apuntado con un arma de fuego por parte del imputado. 

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal  Juan Ignacio Pellegrino, el defensor oficial Alejandro Caram y el imputado. El damnificado, al ser consultado sobre la salida alternativa presentada por las partes, prestó su conformidad.

La magistrada expresó en el fallo que “ la judicatura se encuentra limitada por el pedido de pena solicitado en el acuerdo, tanto por los antecedentes jurisprudenciales como por lo establecido en el art. 369 C.P.P., y que el acuerdo de partes establece como monto punitivo la pena de tres años y seis meses de prisión – mínimo legal que de por sí es elevado -, y es la que habré de imponer, máxime teniendo en cuenta que el acusado no registra antecedentes condenatorios”. Finalmente, Gianinetto ordenó el decomiso del arma secuestrada.  

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