Prisión en suspenso e inhabilitación para conductor que lesionó gravemente a dos motociclistas

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8 Marzo, 2019 a las 11:18 hs.

El siniestro ocurrió en diciembre de 2015 en Alvear. Para la jueza “no respetó la prioridad legal de paso”.

La jueza María José Gianinetto

La jueza María José Gianinetto

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de audiencia de juicio sustituta María José Ginanietto condenó ayer a Héctor Ariel Sosa, como autor material y penalmente responsable del delito de “lesiones graves culposas agravadas por la conducción imprudente, negligente y/o antirreglamentaria de un vehículo automotor”, en perjuicio de una menor, y “lesiones gravísimas culposas agravadas por la conducción imprudente, negligente y/o antirreglamentaria de un vehículo automotor”, en perjuicio de un menor de edad. Le impuso la pena de 1 año y 6 meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de 3 años.

El accidente ocurrió el 31 de diciembre de 2015 en Intendente Alvear, cuando Sosa circulaba en una camioneta por la Avenida España. En la intersección con Avenida Sarmiento no observó con la suficiente antelación una motocicleta conducida por un menor, que en aquel momento tenía 16 años e iba acompañado de una chica de 12, quienes circulaban por esta última arteria. “El imputado no respetó en consecuencia la prioridad legal de paso que le correspondía al rodado de menor porte”, sostuvo la jueza.

“Como consecuencia del accidente el menor de edad padeció traumatismos, desviación de columna vertebral, adenopatía inguinales derecha y cicatriz en rodilla derecha. A consecuencia del accidente se le generó una ruptura del bazo motivo por el cual debió ser extirpado, y el tiempo que demandó su curación fue menor de treinta días. La menor de edad sufrió politraumatismos con pérdida de conciencia, corte en el labio inferior y pérdida de piezas dentales”, precisó.

El acuerdo de juicio abreviado fue presentado por el fiscal Guillermo Komarofky, el defensor oficial Walter Vaccaro y el imputado, quien admitió su responsabilidad. Al ser consultados por el Ministerio Público Fiscal, los abogados patrocinantes de las víctimas, el doctor Pedro Febre, quien patrocina civilmente el menor, y la doctora Nilda Azat, quien patrocina a la menor, prestaron su total conformidad con el acuerdo celebrado.

La magistrada afirmó en el fallo que “surge con certeza que el hecho atribuido a Héctor Ariel Sosa (una maniobra incorrecta de conducción de su rodado, específicamente la inobservancia de la prioridad de paso para aquel que circula por la derecha, regla prevista por el art. 41 y 39 inc. b) ley 24449) fue la causa eficiente de las lesiones graves sufridas por la menor de edad y las gravísimas del menor; las que fueron minuciosamente descriptas en la prueba documental e informativa remitida”.

Además, Gininetto agregó que “con la decisión acordada por las partes se garantiza una respuesta judicial rápida y efectiva, dado que aún en el hipotético caso de finalizarse el proceso de un modo ordinario, en un eventual juicio oral y público -y no con la salida alternativa que aquí se presentó-, la sentencia que recaería (…); sería similar o idéntica a la acordada por las partes. Todas estas cuestiones, sumadas a razones de celeridad y economía procesal para una solución rápida y definitiva de este conflicto, aconsejan el dictado de esta sentencia, para el caso, tal como se ha solicitado por las partes”.

Finalmente, la funcionaria expresó que “la pena de prisión puede ser dejada en suspenso toda vez que el imputado no registra condenas anteriores” y le impuso como regla de conducta por 2 años el fijar domicilio.