Intentó robar en una obra, tenía antecedentes y ahora va 9 meses a la cárcel

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28 Diciembre, 2018 a las 23:55 hs.

El ladrón fue atrapado por la Policía “in fraganti”. Además de la pena lo declararon “reincidente”.

El juez Alejandro Gilardenghi

El juez Alejandro Gilardenghi

El juez de audiencia de juicio Alejandro Gilardenghi condenó hoy a Leonardo René Quiroga, de 33 años, como autor material y penalmente responsable del delito de robo simple en grado de tentativa, a la pena de 9 meses de prisión de efectivo cumplimiento. Además lo declaró reincidente.

Los fiscales intervinientes María Verónica Campo y Juan Ignacio Pellegrino, junto a la defensora oficial María José Gianinetto y su defendido- quien reconoció los hechos investigados- solicitaron la realización de un acuerdo de juicio abreviado. La víctima del hecho, al ser informada sobre los alcances del acuerdo prestó su conformidad.

Con las pruebas aportadas en el legajo, quedó demostrado que el 11 de noviembre de este año, Quiroga ingresó en un inmueble en construcción emplazado en esta ciudad, con el fin de sustraer elementos, previo forzar el marco de aluminio de una ventana con una herramienta de mano tipo cincel. Fue sorprendido en el mismo lugar del hecho por personal policial quien procedió a la demora del imputado, que no llegó a sustraer elementos.

Gilardenghi expresó en su fallo que “la detención de Quiroga se produjo en un supuesto de flagrancia, en el momento de cometer el delito, y cuando portaba elementos que lo incriminaban directamente con el mismo, por lo que el cuadro probatorio del caso en su contra es fortísimo.”

“Queda claro que el hecho ilícito contra la propiedad no pudo consumarse por circunstancias ajenas a la voluntad del imputado, dado que fue el rápido accionar policial lo que le hizo fracasar en su accionar delictivo -cuya ejecución ya había iniciado-. Por tal motivo, la figura del robo quedó sólo en la etapa de tentativa, ya que una condición ajena a la voluntad del autor del hecho -la aprehensión por parte del personal policial- le impidió desarrollar y perfeccionar el hecho ilícito que había comenzado a ejecutar.”

El magistrado agregó que “con la decisión acordada por las partes se garantiza una respuesta judicial rápida y efectiva, dado que aún en el hipotético caso de finalizarse el proceso de un modo ordinario, en un eventual juicio oral y público -y no con la salida alternativa que aquí se presentó-, la sentencia que recaería, (…) sería -potencialmente- similar o idéntica a la acordada por las partes. Todas estas cuestiones, y razones de celeridad y economía procesal para una solución rápida y definitiva de este conflicto, aconsejan el dictado de la sentencia, en este caso, tal como se ha solicitado por las partes”.