Un empleado administrativo de 51 años, fue condenado a tres años de prisión en suspenso como autor de los delitos de lesiones graves calificadas por la relación de pareja, y resistencia a la autoridad, en concurso real.
En la causa se demostró que el pasado 2 de junio, el imputado identificado como Jorge Luis Kornisiuk, mantuvo una discusión con una expareja en la casa de la víctima. El agresor “le exigió, ofuscado, que le dijera donde había estado la noche anterior”. Lo hizo “tomándola de la nuca con fuerza, girándole el cuerpo y provocando que se cayera al suelo y sufriera la fractura de la tibia y el peroné derechos”.
“Ante los gritos de la damnificada –dice el fallo del juez de control santarroseño, Néstor Ralli–, su hijo, que se encontraba en una habitación, solicitó ayuda al Servicio de Emergencias Médicas, que la trasladó al hospital local”.
Más tarde, la policía fue a citar a Kornisiuk y al ver que llegaba al lugar en un vehículo Toyota procedió a informarle de las actuaciones. Entonces el imputado respondió que no iría a ningún lado, se encerró en su domicilio y luego salió de él. Cuando los uniformados le solicitaron que los acompañe, “se tornó agresivo, profirió insultos y arrojó golpes de puño”, provocándole lesiones a una sargento primero, a un sargento y a una agente.
El fallo de Ralli fue dictado como consecuencia de un acuerdo abreviado firmado por el fiscal Martos Walter Antonio, el defensor particular Pablo Girard y el acusado. La víctima, al ser informada de ello por la Oficina Judicial, prestó su conformidad y expresó que no deseaba comparecer en una audiencia.
Las pruebas que el juez tuvo en cuenta, y que fuera aportadas por la fiscalía, fueron el “amplio relato” dado por la mujer, la declaración del hijo, los testimonios “coincidentes” de las policías acerca de la resistencia ofrecida por Kornisiuk, los certificados médicos y el informe de Sanidad Policial.
Las partes también convinieron que al acusado se le impongan las siguientes reglas de conducta durante tres años: fijar domicilio, someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal, abstenerse de efectuar actos de intimidación y/o perturbación respecto de la víctima, y someterse a un tratamiento de psicoterapia.