El fiscal Agüero valoró el fallo condenatorio, más allá de que la pena de Cepeda fue inferior a la solicitada.
El fiscal general Armando Agüero habló tras la lectura de sentencia de este medio día por el crimen de Oscar Soria, el zapatero asesinado en barrio Rucci el 3 de agosto de 2017. Por ese hecho fueron condenados Jonathan Alvez, a 15 años de cárcel, y Silvina Cepeda, a 13 años y 6 meses de prisión en suspenso.
“El tema de las penas es una cuestión, en principio, secundaria. Lo importante para nosotros es que la hipótesis que la Fiscalía manejó desde el principio es la que los jueces terminaron concluyendo, que en este hecho participaron dos personas, que no es solamente Alvez el responsable del homicidio, sino que la planificación y la ejecución del hecho estuvo a cargo de Cepeda, más allá de que después Alvez fue quien le dio muerte a Soria”, manifestó el investigador.
Sostuvo que “fue una causa compleja, porque dar con Alvez nos llevó 78 días, fueron meses de mucho trabajo, con la participación de la Brigada de Investigaciones con Guinchinau, Gross y Portillo en ese momento, los cuales trabajaron muchísimo. También estuvieron varios fiscales involucrados, porque hoy me ven a mí, pero detrás de esta causa estuvo Verónica Campo, Guillermo Komarofsky, Ivana Hernández, Horacio Di Napoli –de la Procuración-, un grupo de gente que estuvo durante mucho tiempo investigando y llegamos a este resultado. Es una tarea que está terminando, donde se demuestra que la hipótesis de trabajo que nosotros teníamos era así”.
“Respecto a las penas consideramos que Alvez tenía que tener una de 15 años y Cepeda una mayor, por haberse aprovechado de la situación de Alvez, por haber sido quien planificó el hecho y demás. Los jueces han entendido que quien ejecuta el hecho, en términos de darle muerte a Soria, merece una pena mayor y es por eso que le han dado más a Alvez que a Cepeda. Tenemos que ver bien los argumentos y si esto es así, pero en principio la pena no es algo que nos parezca ilógico o arbitrario, no va a ser una cuestión que vayamos a impugnar ni nada por el estilo. El resultado es positivo para nosotros e imagino que, en términos de esclarecimiento, debe ser positivo para la familia de la víctima, no en términos de la pena, porque obviamente ellos querían una sanción mayor y el daño causado es irreparable. Por en términos de que se supo la verdad y los autores están condenados, creo que es positivo para todos”, opinó.
Finalmente se refirió a la elección del Tribunal de la figura de “homicidio en ocasión de robo”, como había solicitado la parte acusadora. “Tanto el fiscal Guillermo Komarofsky como el abogado querellante Pedro Febre dijeron en sus alegatos que la hipótesis del hecho son las mismas, tanto para el ‘homicidio en ocasión de robo’ o el ‘homicidio simple’ y el ‘robo’, porque por la mayoría de las doctrinas y fallos jurisprudenciales están vinculadas cualquiera de estas dos calificaciones a este tipo de situaciones. Esto tiene también que ver con los anteriores fallos de esta Cámara del Crimen, como el caso Gareis o el de Giraudo, que se los condenó por el ‘homicidio en ocasión de robo”.