8 años de prisión: Abusaba de la hija de una familia amiga

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6 Septiembre, 2018 a las 17:00 hs.

El juez de control santarroseño, Gabriel Lauce Tedín, condenó hoy a un lavacoches de 25 años a seis años de prisión por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal –dos hechos–, valorado en el marco de las leyes 26.485 de Protección Integral contra las Mujeres y 26.061 de Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.



Además le revocó la condicionalidad de una sentencia anterior y le unificó ambas sanciones en una pena única de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo.

La resolución de Tedín fue dictada como consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Andrés Torino, el defensor particular Guillermo Barreto y el propio imputado, quien admitió ser el autor de los hechos. La madre de la víctima, una niña de 12 años, y la Asesoría de Menores dieron su consentimiento sobre la resolución del conflicto penal al ser informada de ello por el Ministerio Público Fiscal.

En la causa quedó probado que en marzo pasado, el acusado “agredió sexualmente” a la menor en dos ocasiones, “en circunstancias en que pernoctaba en la casa” que habitaban ella y su grupo familiar “cuando no tenía donde hospedarse, debido a la relación de amistad que mantenía desde hacía seis meses con los progenitores” de la víctima.

“Dicha situación fue advertida por la progenitora de la niña, al percatarse de los mensajes de contenido sexual que el imputado –mediante el Facebook Messenger–le enviaba a su hija, apareciendo con el torso desnudo”, señaló el magistrado en la sentencia.

“Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que el hecho se encuentra debidamente probado, merituando para ello la denuncia radicada por la madre de la menor y lo declarado en igual sentido por el hermano de la víctima, quien descubrió en su propio celular, el cual le había prestado al acusado, que éste último vía Facebook había mantenido conversaciones de contenido sexual con su hermana”, señaló Tedín.

En igual sentido valoró lo dicho por la psicológica que entrevistó a la damnificada en Cámara Gesell. La profesional indicó que “teniendo en cuenta lo observado y evaluado (…) el relato de la niña evidenció un tipo de pensamiento lógico, con coherencia interna y externa y una producción discursiva inestructurada y circular. De sus dichos surgieron similitudes con otros datos que aparecen en la denuncia y otras declaraciones en cuanto a los elementos centrales de lo investigado, destacando los siguientes criterios de credibilidad: estructura lógica, producción inestructurada, cantidad de detalles, contextualización de los hechos, descripción de interacciones, detalles característicos, detalles inusuales, correcciones espontáneas y admisión de falta de memoria”.

El 21 de diciembre de 2016, en otro abreviado, la jueza de control María Florencia Maza había condenado al agresor sexual a tres años de prisión en suspenso por ser autor del delito de lesiones graves. En ese expediente quedó acreditado que un año antes, junto a un comerciante de 32 años, “agredió mediante golpes de puño y patadas” a un hombre de 31. Luego el comerciante lo atacó con un arma blanca y le produjo lesiones que pusieron en riesgo su vida.

Tedín, en la parte resolutiva, dispuso que el fallo sea comunicado a la Procuración General para que se incorpore al imputado al Registro de procedimiento y notificación de antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual.