El juez Rubio afirmó en el fallo que “la amenaza de muerte proferida a la víctima por parte del imputado., reviste el carácter de seria, grave e injusta y es idónea para crear el estado de alarma o temor requerido por el tipo de este delito”.
El juez de audiencia de juicio de General Pico, Florentino Rubio, condenó hoy a un hombre de 34 años por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de amenazas simples, a la pena de seis meses de prisión en suspenso.
También le impuso las siguientes reglas de conducta que deberá cumplir durante un plazo de dos años: fijar residencia y someterse al contralor del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje, abstenerse de acercarse a menos de doscientos metros a su ex pareja y madre de un hijo en común y de mantener comunicación con la misma por cualquier medio.
El juicio oral se realizó el 17 de agosto pasado, con la actuación unipersonal del juez Rubio, la fiscal Ana Laura Ruffini y el defensor oficial Walter Vaccaro.
La prueba debatida permitió tener por cierto que el 26 de septiembre de 2015, el imputado se presentó en el domicilio de su ex pareja y la amenazó de muerte diciéndole que la mataría si la veía en pareja con otra persona.
El juez Rubio afirmó en el fallo que “la amenaza de muerte proferida a la víctima por parte del imputado., reviste el carácter de seria, grave e injusta y es idónea para crear el estado de alarma o temor requerido por el tipo de este delito”.
Al momento de evaluar la pena solicitada por la fiscal, el juez tuvo en cuenta que el imputado no registra antecedentes penales, lo que permitió que la condena sea en suspenso.