Judiciales

Seis meses de prisión por golpear a su ex pareja

7 julio, 2018 a las 19:33

El condenado recibió una pena en suspenso, pero se le ordenó no acercarse ni comunicarse con la víctima. Deberá hacer un tratamiento psicológico.



El juez de audiencia de juicio Federico Pellegrino condenó ayer a un hombre de 32 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra la persona con la que ha mantenido o mantiene una relación de pareja; a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.

Además le fijó las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio, en caso de modificarlo avisar previamente al juez de ejecución o fiscal y someterse al control del ente de políticas socializadoras y unidad de abordaje. También le impuso prohibición de acercamiento a no menos de 200 metros del domicilio de la víctima, prohibición absoluta de comunicación y contacto, por cualquier medio, con la nombrada y someterse a un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

El fallo fue dictado en el marco de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Luciano Rebechi y el defensor particular Hernán Salamone, junto al imputado quien admitió su responsabilidad.

Con las pruebas incorporadas al legajo quedó demostrado que el imputado le propinó golpes a su ex pareja, provocándole lesiones constatadas por el médico interviniente, las cuales revistieron el carácter de leves y se califican producto de la relación de pareja que mantuvieron víctima y victimario.

El magistrado afirmó que “las lesiones se produjeron en contexto de violencia de género, de acuerdo a lo normado por los arts. 4 y 5 de la ley N° 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”.

Por último, el juez expuso que “el acuerdo de partes establece como monto punitivo la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, más la aplicación de las reglas de conducta previstas y teniendo en cuenta que el imputado no cuenta con antecedentes condenatorios, corresponde respetar dicha condena”.

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