El imputado golpeó a su pareja frente a la hija que tiene un común y además le rompió su celular para que no llame a la Policía.
El juez de audiencia de juicio Florentino Rubio condenó hoy a un hombre de 43 años como autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas, daño simple y amenazas simples, a la pena de seis meses de prisión en suspenso.
También le impuso las siguientes reglas de conducta que deberá cumplir durante el plazo de dos años: fijar residencia y someterse al contralor del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje; realizar un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia en orden a prevenir episodios de violencia; y abstenerse de realizar directa o indirectamente actos de perturbación, intimidación y hostigamiento, respecto a la damnificada.
La fiscal Ivana Hernández, el defensor oficial Alejandro Caram, y el propio imputado solicitaron que el caso se tramite por el procedimiento de juicio abreviado.
Con las pruebas recolectadas en la investigación fiscal preparatoria quedó probado que el 20 de marzo de este año, el imputado protagonizó una discusión con su cónyuge y en medio de improperios verbales, la agredió físicamente con un golpe de puño en el rostro y una patada en la pierna izquierda, generándole lesiones de carácter de leves debidamente certificadas. También le dañó el celular para evitar que ésta diera aviso a la policía, siendo testigo de parte de las secuencias de los hechos la hija en común que tiene la pareja, de 17 años de edad. También se le imputa al hombre haber amenazado de muerte a su ex mujer, con anterioridad a la fecha de la denuncia.
El juez afirma en el fallo que “según los informes del Registro Nacional de Reincidencia, el imputado no registra antecedentes condenatorios, por lo que corresponde imponerle la pena acordada de seis meses de prisión en suspenso” y las reglas de conducta antes mencionadas.


