La justicia piquense condenó a un hombre que envió solicitud de amistad por facebook cuando tenia prohibición de comunicación

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13 Junio, 2018 a las 22:38 hs.

Además del contacto por facebook amenazó a su ex pareja pasando por enfrente de la casa “colocó su mano en forma de revólver, extendiendo su dedo índice, e hizo un gesto como de disparo”.



El Juez de Control Subrogante de la Audiencia de Juicio Alejandro Gilardenghi, condenó hoy a un hombre por encontrarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de amenazas simples- dos hechos- y desobediencia en concurso real; a la pena de un año y dos meses de prisión de ejecución condicional o en suspenso.

Además le impuso al condenado las siguientes reglas de conducta por el plazo de dos años:fijar domicilio o residencia; abstenerse de relacionarse por cualquier medio con la víctima. -incluye la orden de prohibición o restricción de acercamiento a su domicilio y demás lugares de habitual concurrencia de la víctima, como así también la orden de prohibición de todo tipo de comunicación y de contacto para con la nombrada-;realizar un tratamiento psicológico en la especialidad de violencia contra las mujeres o de género, previo informe que acredite su necesidad y eficacia -por parte de profesional idóneo en la materia-; cesar en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia la damnificada; someterse a la observancia de las reglas de conducta por el Juez de Ejecución Penal, y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras.

El juicio oral se llevó a cabo durante los días 5 y 6 de junio del corriente año, con la actuación unipersonal del Juez, y la intervención del fiscal Luciano Rebechi y el defensor particular Ariel García.

Con las pruebas ofrecidas en el debate quedó demostrado que el 31 de enero del año 2017, el acusado pasó lentamente frente al domicilio de su ex pareja y desde el interior del rodado automotor que conducía colocó su mano en forma de revólver, extendiendo su dedo índice, e hizo un gesto como de disparo hacia la nombrada, quien se encontraba en el porche de dicha vivienda junto con sus hijas menores. A su vez, el acusado le envíó a la denunciante solicitudes de amistad en la red social Facebook. Al realizar estas conductas, el acusado desobedeció las órdenes dispuestas por el Juez de Control Heber A. Pregno, en fecha 31 de enero de 2017, que disponían como medidas sustitutivas de la prisión preventiva la prohibición de comunicación, acercamiento y contacto para con la damnificada, y como medida preventiva urgente de la ley n° 26.485 el cese de todo acto de perturbación, molestia e intimidación respecto de la nombrada.