Dos jóvenes de 20 y 21 años condenados en General Pico por agredir a sus ex parejas

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12 Junio, 2018 a las 20:50 hs.

El joven de 20 años por tener una condena previa en suspenso, ahora deberá cumplir una efectiva; agredió físicamente a su ex pareja “tomándola del cabello, golpeando su cabeza contra una puerta, luego continuó propinándole golpes de puño en la cara y brazos hasta que la víctima se cae al suelo lugar en el que le pegó varias patadas en la espalda”. El otro muchacho condenado de 21 años de edad, “le pegó un golpe de puño en la boca a la damnificada y la sujetó del cuello” tras ingresar a la vivienda rompiendo la puerta principal.



CONDENA EFECTIVA POR TENER ANTECEDENTES A UN JOVEN DE 20 AÑOS POR GOLPEAR A SU EX PAREJA

La jueza de control María Jimena Cardoso condenó hoy a un hombre de 20 años por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra la persona que mantuvo una relación de pareja y por mediar violencia de género y robo simple; a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. Esta pena fue unificada con una anterior dictada por el juez de control Diego Ambrogetti, el 29 de septiembre del año pasado y consistente en seis meses de prisión en suspenso; razón por la cual compone una pena única de diez meses de prisión de efectivo cumplimiento.

De esta manera, la jueza le revocó la condicionalidad de la pena . El fallo fue dictado en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Luciano Rebecchi, el defensor oficial Alejandro Caram y el imputado. La damnificada al serle informadas las condiciones y alcances del acuerdo, manifestó su conformidad.

Con las pruebas incorporadas al legajo quedó demostrado que el 15 de abril de este año, el imputado se presentó en el domicilio de su ex pareja, donde agredió físicamente a la misma provocándole lesiones de carácter leves. Asimismo, en las mimas circunstancias mencionadas le sustrajo un teléfono celular.

La jueza Cardoso agregó en su fallo que “ninguna duda cabe que la violencia de género es una de las problemáticas más comunes en las relaciones interpersonales y es un flagelo en la sociedad por lo cual se deben promover acciones tendientes a erradicar todo tipo de violencia manifiesta contra el género femenino”.

 

SEIS MESES DE PRISIÓN EN SUSPENSO POR INGRESAR A LA FUERZA Y PEGARLE A SU EX PAREJA

El Juez de Audiencia de Juicio Marcelo L. Pagano condenó hoy a un hombre de 21 años de edad, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de daño simple, violación de domicilio y lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra la persona con quien mantiene o ha mantenido un relación de pareja, a la pena de seis meses de prisión en suspenso.

Pagano le impuso al imputado las siguientes reglas de conductas por el término de dos años:fijar residencia y no ausentarse sin previo conocimiento del Juez de Ejecución Penal; prohibición de comunicación y de acercamiento para con la víctima y su hermana- el juez hizo la aclaración que ésta última regla podrá ser modificada en el futuro en caso de que sea necesario para que el imputado mantenga contacto con su hijo menor de edad – y someterse a un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

El juicio oral se realizó en los días 4 y 7 de junio del corriente año, con la actuación unipersonal del juez Pagano, la intervención de la fiscal Ana Laura Ruffini y el defensor oficial Walter Vaccaro.

En el juicio quedó demostrado que el 9 de abril del año pasado, el imputado se hizo presente en el domicilio de su ex pareja, con quien tiene un hijo en común. Al llegar golpeó fuertemente una de las ventanas rompiendo uno de los vidrios, luego golpeó de manera insistente la puerta. La mujer le solicitaba que se retire del lugar. En esas circunstancias le pegó una patada a la puerta de entrada principal de la casa, produciendo la rotura de la misma. Logró ingresar a dicha vivienda, una vez adentro de la casa le pegó un golpe de puño en la boca a la damnificada y la sujetó del cuello.

El juez tuvo en cuenta como circunstancias atenuantes la falta de antecedentes condenatorios y su evidente escaso nivel intelectual, mientras que “como circunstancia agravante el hecho de que habrían existido hechos de violencia anteriores no denunciados, por lo que la damnificada se ha encontrado inmersa en una situación de violencia de género.”