Entro a la casa de su ex pateando la puerta y tiró un tiro “intimidatorio”, un año de prisión en suspenso

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28 Mayo, 2018 a las 21:13 hs.

El juez de Audiencia de Juicio Federico Pellegrino condenó hoy a un hombre de 35 años como autor material y penalmente responsable de los delitos de “violación de domicilio y amenazas calificadas por el uso de arma, en concurso real” a la pena de un año de prisión de ejecución condicional.



Imagen Ilustrativa

Además el magistrado le impuso como reglas de conducta a cumplir por el término de dos años: fijar domicilio y someterse al control de la unidad de abordaje, del Ente de políticas sociabilizadoras; someterse a un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia; mantener el secuestro de las armas propiedad del imputado y prohibirle al mismo la compra y tenencia de armas, por el término de dos años.

La resolución del Juez Pellegrino fue dictada luego de una Audiencia de Debate realizada el 17 de mayo con la actuación unipersonal del juez, e intervinieron la fiscal Ana Laura Ruffini y el defensor particular, Dr. Abel Tanus Mafud.

El hecho que quedó probado en el juicio ocurrió el día 21 de marzo de 2017, cuando el imputado se presentó en el domicilio de su ex pareja y madre de un hijo en común; aplicó una patada a la puerta, haciendo que se abra e ingresó al interior. Luego de veinte minutos volvió a pegar una patada, a la misma puerta, e ingresó con un arma en sus manos, amenazando a la moradora, efectuando un disparo intimidatorio hacia el exterior con una escopeta recortada.

En los alegatos finales, la fiscal Ruffini, solicitó que se condene al imputado a la pena de un año de prisión de ejecución condicional y que se le impongan las reglas de conducta antes mencionadas, por el término de 2 años.

La Defensa técnica del imputado solicitó la absolución de su defendido por el delito de “amenazas calificadas por el uso de arma” y que se lo condene por el delito de “Violación de Domicilio “a la pena mínima de 6 meses de prisión en suspenso. También solicitó que se le restituyan las armas secuestradas .

Por otra parte el juez -ante el testimonio contradictorio de una testigo en la causa, que resultó “reticente, tanto para concurrir a la audiencia de debate, que se debió reprogramar y disponer su traslado por la fuerza pública, como por su declaración”-; ordenó correr vista al Ministerio Público Fiscal, ante la posible comisión del delito de falso testimonio.

“Atento a la solicitud de pena efectuada por la representante del Ministerio Público Fiscal, de un año de prisión, de ejecución condicional, y que la misma resulta igual al mínimo establecido para el delito de amenazas con arma, habré de disponer esa pena sin efectuar un análisis superior, ya que el pedido de pena Fiscal resulta un límite a la jurisdicción punitiva del sentenciante, de acuerdo a lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el precedente “Amodio””, explicó el juez en su sentencia.