La golpeó con un arma de fuego y para que retirara la denuncia la amenazó de muerte. Sólo le dieron un año de prisión

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3 Enero, 2018 a las 13:30 hs.

El hecho ocurrió el pasado 2 de diciembre en la vecina localidad de Eduardo Castex.



El juez de control, Gabriel Lauce Tedín, condenó a Sergio Orlando Quiroga Spagnuolo a un año de prisión de cumplimiento efectivo, además de declararlo reincidente, por resultar autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en concurso real con amenazas simples,  valorados en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral a la Mujer.

A la resolución del conflicto se llegó a través de la alternativa del juicio abreviado, convenido entre el fiscal Walter Martos, el defensor oficial Martín García Ongaro y el propio imputado, quien admitió su culpabilidad. Este, un empleado municipal de 23 años, se encuentra detenido en la alcaidía santarroseña desde hace un mes. La víctima también dio su consentimiento al acuerdo, al ser notificada por el Ministerio Público Fiscal.

En el legajo quedó probado que el pasado 2 de diciembre, en circunstancias en que una ex pareja de Q. S salió de la casa de una amiga, en Eduardo Castex, observó al acusado sacando la llave de su moto. Al acercarse al lugar, el hombre “sacó un arma de fuego tipo revólver de su cintura, la cargó y, sin mediar palabra alguna, tomó a la víctima de los cabellos y le propinó un golpe con el arma en la cabeza, causándole lesiones”. Casi dos horas después, llamó telefónicamente a la damnificada para manifestarle que si no retiraba la denuncia la mataría.

“Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos fueron debidamente probados habida cuenta de la descripción coincidente –en cuanto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar–, dada tanto por la víctima como por una testigo, como así lo constatado por los facultativos de la salud”, indicó Tedín en el fallo.

En la parte resolutiva, el magistrado dispuso que se le haga saber a la agredida si es su voluntad ser informada acerca de los planteos defensivos que eventualmente puedan desembocar en la incorporación de Q.S a los regímenes de salidas transitorias, de semi-libertad, de prisión domiciliaria, de prisión discontinua o semi-detención, de libertad asistida o al régimen preparatorio para su liberación.