El máximo tribunal pampeano rechazó un recurso extraordinario presentado por los herederos de Valentín Contreras. De esta manera, quedó firme la nulidad de una escritura de 2017 sobre un terreno que el PJ ocupaba pacíficamente desde hace más de tres décadas.
El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (STJ) le puso punto final a una larga e inusual disputa inmobiliaria que tuvo como protagonista al Partido Justicialista (PJ) distrito La Pampa. La Sala A del máximo tribunal provincial declaró inadmisible un recurso interpuesto por la familia Contreras, confirmando así el derecho del histórico partido político sobre un inmueble (ubicado en calles General Acha y Miguel Cane, de la localidad de Santa Rosa) que había sido vendido a un tercero hace menos de diez años.
El conflicto judicial se originó cuando el PJ interpuso una acción de nulidad sobre una compraventa realizada a fines de 2015. En esa transacción, un hombre identificado como Sebastián Panero le vendió una propiedad a Valentín Contreras, operación que se terminó escriturando en noviembre de 2017. El problema de fondo residía en que el Partido Justicialista sostenía haber comprado ese mismo terreno “en comisión” en el año 1986, ejerciendo desde aquel entonces una posesión pública, pacífica e ininterrumpida por más de treinta años.
En las instancias de primera y segunda nominación, la Justicia civil le había dado la razón al partido político. Los tribunales inferiores determinaron que Contreras obró de mala fe, puesto que conocía el “mejor derecho” que tenía el PJ sobre el inmueble, y que, para colmo, adquirió el bien a un “precio vil”. La maniobra fue calificada legalmente como fraudulenta al conjugarse dolo, engaño y una grave afectación al orden público y la moral.
Inconformes, los herederos de Contreras acudieron en queja al STJ con el patrocinio del abogado Rolando Rodríguez. En su apelación intentaron revertir la condena argumentando que el famoso “boleto” de compraventa de 1986 era inexistente y que el partido político carecía de legitimación para reclamar la nulidad de un contrato entre particulares.
Sin embargo, la estrategia defensiva chocó contra un muro en el máximo tribunal. Los jueces Fabricio Losi y José Roberto Sappa advirtieron que la apelación de la familia Contreras presentaba “fallas técnicas” severas, como la ausencia de un relato claro de los hechos y la mezcla de argumentos incompatibles. Peor aún, los magistrados señalaron que los apelantes no lograron rebatir la prueba central del caso: las más de tres décadas de posesión real e indiscutida que el partido detentaba sobre la tierra.
Con la declaración de inadmisibilidad del recurso extraordinario y la orden de pérdida del depósito judicial, la sentencia queda firme. La polémica operación inmobiliaria de 2017 es definitivamente nula y el Partido Justicialista retiene legalmente el dominio de la propiedad que habita desde el retorno democrático.


