El TIP confirmó la condena a un piquense que violó a sus dos hijastras

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14 Noviembre, 2016 a las 21:26 hs.

El sujeto deberá cumplir una pena 16 años de cárcel. Además de los abusos, las golpeó y amenazó, al igual que al novio de una de ellas.



El Tribunal de Impugnación Penal confirmó la condena contra un mecánico de 39 años a la pena de 16 años de prisión, por ser autor de los delitos de lesiones leves calificadas por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer y mediare violencia de género; abuso sexual simple como delito continuado y abuso sexual con acceso carnal como delito continuado, ambos agravados por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años; abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa; promoción de la corrupción de menores agravada por haber sido cometida con violencia; y amenazas agravadas por el empleo de arma, todos ellos en concurso real. Se trata de cinco legajos diferentes y los delitos fueron cometidos en perjuicio de dos hijastras y del novio de una de ellas.

La sanción fue ratificada a raíz de que los jueces subrogantes del TIP, Daniel Sáez Zamora y Andrés Olié, no hicieron lugar al recurso de impugnación presentado por el defensor particular del imputado, Oscar Félix Ortiz Zamora. La sentencia condenatoria había sido dictada por el juez de audiencia de General Pico, Marcelo Luis Pagano, el 23 de mayo pasado.

En esa ocasión, Pagano dio por probado con respecto a las lesiones que el imputado comenzó a preguntarle a una hijastra “de manera agresiva, si se había estado mensajeando con un muchacho mayor que ella, y que ante su negativa, empezó a golpearla en su rostro con la palma de la mano”.

Luego arrancó con su camioneta, y tras circular algunas cuadras, se detuvo y comenzó a “golpearla nuevamente en las rodillas y el pecho. Como la joven no le respondió lo que quería escuchar, volvió a subirse a la camioneta y la golpeó en su rostro y le tiró el pelo hasta que llegaron a una estación de servicio” y luego regresaron a la vivienda familiar.

También se demostró en otros legajos que en “reiteradas ocasiones” abusó sexualmente de otra hijastra en contra de su voluntad, “utilizando la fuerza, mediante cachetadas y sosteniéndola de los brazos, y bajo amenazas de que no contara lo sucedido porque de lo contrario peligraba la vida de su novio y su madre”. Incluso llegó a decirle que su mamá aparecería ‘muerta ahorcada’ y su novio ‘muerto en una cuneta’”.

Finalmente, también se demostró que, con la colaboración de su pareja y madre de las dos víctimas, el acusado encerró en una habitación al novio de una de ellas, lo hizo arrodillar y, “en tres oportunidades le apoyó una carabina en la cabeza, diciéndole que sus hijas se habían ido por su culpa y que si su hijastra quedaba embarazara le reventaría la cabeza”.

El defensor Ortiz Zamora, en su presentación, pidió que se revoque el fallo por entender que el juez Pagano había aplicado erróneamente la ley sustantiva, que existió inobservancia de las reglas de la sana crítica racional, que no valoró correctamente la prueba producida y que violó garantías constitucionales.

En un primer momento, dos jueces titulares del TIP, Filinto Rebechi y Pablo Balaguer, como integrantes de la Sala B, ya no habían hecho lugar al recurso de impugnación; pero los actuales defensores de Muñoz, los abogados Marcelo Piazza y Boris Vlasich, presentaron un recurso de casación y la Sala B del Superior Tribunal de Justicia resolvió, el 4 de octubre, declarar inválida esa sentencia y dispuso que el TIP, con la composición de una nueva sala, llevara a cabo la tarea de revisión del fallo condenatorio. Ahora, Sáez Zamora y Olié volvieron a no hacer lugar a la impugnación.