El juez de control, Mauricio Piombi (FOTO), condenó hoy a un empleado de comercio de 28 años a seis años de prisión por ser autor del delito de abuso sexual de una menor de 16 años de edad, que cumplió 13 años, aprovechándose de su inmadurez sexual, dada su edad y relación de preeminencia, agravado por la situación de convivencia preexistente como delito continuado, antes de la reforma de la ley 25.087, denominado por la doctrina “estupro”, previsto y penado en los artículos 120 primero y segundo párrafo y 55 del Código Penal.
A su vez, una vez que el fallo se encuentre firme, el juez ordenó librar un oficio a la Procuración General a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 5° de la ley 2547, es decir que los datos del imputado sean ingresados al Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de Condenados por Delitos Contra la Integridad Sexual.
El juicio abreviado fue acordado entre el fiscal Máximo Paulucci, el defensor particular Gastón Gómez y el propio imputado, quien admitió la autoría de los hechos.
Con las evidencias antes reseñadas, se dio por probado que al inicio del presente ciclo lectivo, el padrastro, luego de seducir a la niña –hoy tiene 13 años–, “aprovechándose de su inmadurez sexual, y dada su relación de preeminencia respecto de la misma”, comenzó a abusar de ella, “de manera consentida, casi a diario, dentro del domicilio que compartían como grupo familiar”, cuando la madre de ella –esposa del acusado– viajaba a Buenos Aires o se ausentaba de la vivienda por cualquier otro motivo.
Las profesionales que entrevistaron a la víctima, tanto en su declaración como en Cámara Gesell, señalaron que su relato fue creíble. Además la fiscalía incorporó al legajo otras pruebas independientes al propio reconocimiento del imputado.