Condenan a joven de 19 años por golpear a su novia menor de edad

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7 Septiembre, 2016 a las 11:14 hs.

En febrero de este año le dio una paliza y ahora recibió una pena en suspenso por la que seguirá libre.



El adolescente identificado como AJS fue condenado luego de que la jueza de control Jimena Cardozo aceptara un acuerdo de partes entre el fiscal Luciano Rebechi y el defensor particular Ariel García. En el mismo el chico de 19 años reconoce la autoría de los hechos que se le imputaron.

Según consta en el fallo, el 12 de febrero de este año, aproximadamente a las 3 horas, estaba con su novia de 16 años en su vivienda de Trenel. En un momento dado “la empujó provocándole una caída, y en el momento en que ella se encontraba en el piso la tomó de los brazos fuertemente, comenzando a agredirla físicamente, mediante golpes de puño en el rostro y en el abdomen, y la tomó del cuello apretándola fuertemente; impidiéndole a EMM salir de dicha vivienda, ya que la puerta por la que había ingresado a dicho domicilio se encontraba bajo llave”.

Producto de la agresión, la menor “ resultó con lesiones, las cuales fueron certificadas por el Médico Forense Dr. Graciano MASSO, quien constató: herida suturada en la parte interna de la región malar izquierda, equimosis circular en pared externa izquierda de la nariz, producida por un golpe con un caño, equimosis en la cara mitad izquierda, equimosis y estigmas ungueales en el cuello, producidas por qué si ha sido apretado el cuello; equimosis en la región escapular izquierda, escoriación en varias rodillas, equimosis en el brazo izquierdo, equimosis en el mentón mitad izquierda, equimosis en la cara interna del labio superior, fractura parcial del primer incisivo superior derecho…”.

Por lo dicho la jueza Cardozo falló condenando a AJS “como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra la persona con la cual se mantiene o se mantuvo una relacion de pareja y por mediar violencia de género; y privación ilegitima de la libertad agravada por haber mediado violencia y por haber sido cometida contra la persona a quien se debe especial respeto, en concurso real (…) a la pena de dos años de prisión en suspenso”.

Además, le impuso como reglas de conducta a cumplir durante dos años: “1) Fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato. 2) Realizar un tratamiento psicológico -previa acreditación de su necesidad y eficacia- destinado a que no vuelva a incurrir en comportamientos violentos como el que es objeto de este legajo”.