Roban, amenazan a cuidador y le disparan: ninguno va preso

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6 Agosto, 2016 a las 11:32 hs.

Con un acuerdo de partes los autores de un grave hecho ocurrido en el predio de Ferro Expresso seguirán en libertad.



La lectura de sentencia condenatoria contra Fabián Mendoza (39) y Joel Bertaina (22) se produzco ayer al mediodía en el Palacio de Tribunales de General Pico. Pese a la gravedad de los hechos imputados, ninguno de los dos irá a la cárcel dado que recibieron penas de cumplimiento condicional.

La condena llegó a través de un acuerdo de partes al que arribaron el defensor oficial Alejandro Caram y la fiscal Verónica Campo, que fue aceptado tanto por los imputados como por la propia víctima.

“Los hechos definidos y acordados por las partes consistieron en que el día 7 de julio de 2016, aproximadamente a las 11:45 hs. en el predio de “Ferro Expreso”, sito en calle 21 y 108 de esta ciudad, Fabián Aníbal Mendoza y Joel Karin Bertaina, previo subir y forzar el precinto de la puerta superior del vagón Nº 806430 ubicado sobre la vía, sin lograr desprenderlo para que se abran las compuertas, sustrajeron maíz, el que introdujeron en una bolsa de arpillera”, señaló en su fallo la jueza de control Jimena Cardozo.

“Al ser descubiertos por JAA, encargado de la vigilancia del lugar, Mendoza y Bertaina se retiraron con el cereal sustraído y lo trasladaron hasta el domicilio de Mendoza, ubicado frente al predio de “Ferro Expreso”. Instantes después regresaron al lugar. A les pidió que se retiraran, y Bertaina desde arriba del vagón le profirió amenazas de muerte en los siguientes términos: “… yo sé dónde vivís, si llamas a los milicos te voy a ir a buscar a tu casa y te voy a cagar a tiros…” y a los pocos segundos y sin mediar palabra se ubicó en el pie del vagón y desde allí efectuó un disparo con arma de fuego tipo pistola hacia la humanidad de A, impactando el disparo a metros de donde se encontraba el cuidador, quien se refugió entre unas plantas existentes en el lugar”, agregó.

Por lo dicho, la magistrada condenó a Bertaina “como autor de los delitos de hurto agravado por ser mercaderías de tránsito y abuso de arma, a la pena de dos años de prisión en suspenso. Imponiendo las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: 1º) fijar domicilio y no modificarlo sin previo conocimiento del MPF y del Juez de Ejecución Penal; 2º) prohibición de acercamiento, contacto y comunicación respecto del damnificado JAA; 3º) realizar un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia, destinado a no reiterar comportamientos como los que se le achacan en la presente causa”.

Además, resolvió condenar a Mendoza “como autor del delito de hurto agravado por ser de mercaderías en tránsito, a la pena de un año de prisión en suspenso. Imponiendo las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: 1º) fijar domicilio y no modificarlo sin previo conocimiento del MPF y del Juez de Ejecución Penal; 2º) prohibición de acercamiento, contacto y comunicación respecto del damnificado JAA; 3º) realizar un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia, destinado a no reiterar comportamientos como los que se le achacan en la presente causa”.