Judiciales

General Acha: Condenaron a un hombre a tres años de prisión en suspenso por matar y carnear un caballo

14 septiembre, 2026 a las 13:12

La jueza de control de General Acha, Laura Moscoso Mendieta, condenó a Ricardo Daniel Brañas a la pena de tres años de prisión en suspenso, tras declararlo culpable del delito de abigeato por haber matado a un caballo conocido como “Tomasito”. La sentencia se dictó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado y también contempla el encuadramiento del hecho en la ley nacional 14.346 de Protección a los Animales.

Brañas, de 28 años, deberá cumplir con reglas de conducta por el mismo período de la condena. Entre las medidas impuestas, figuran la obligación de presentarse mensualmente ante el Ente de Políticas Socializadoras, la prohibición de acercarse al stud “El Remate” y al domicilio de la damnificada, y la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con ella o su grupo familiar. Además, se le ordenó realizar una capacitación sobre Derecho Animal dictada por el Instituto de Derecho Animal de la Asociación de Abogados de San Martín.

El hecho por el cual fue condenado ocurrió el 28 de septiembre del año pasado. En esa fecha, Brañas ingresó al predio municipal del stud “El Remate”, ubicado en el kilómetro 30 de la ruta nacional 152, al norte de General Acha. Allí, utilizando presuntamente cuchillos, dio muerte y faenó a “Tomasito”, un caballo mestizo de unos 500 kilos, propiedad de la familia Quiroga y valuado en 10 millones de pesos, que era utilizado para paseos.

Según la investigación, el imputado se llevó los dos cuartos, el lomo y el vacío del animal, dejando en el lugar la cabeza y otros restos. Posteriormente, trasladó la carne a pie hasta otro domicilio y finalmente al suyo. Durante un allanamiento en su vivienda se secuestraron los cuchillos que habría utilizado, un par de medias y una mochila con manchas hemáticas, y trozos de carne que serían de un equino.

El acuerdo de juicio abreviado fue presentado por el fiscal Héctor David López, la defensora oficial Nydia Beatriz Conde y el propio acusado, quien admitió su culpabilidad. La damnificada, propietaria del animal, prestó su consentimiento al ser informada sobre los alcances del acuerdo. Además de la confesión, la condena se basó en pruebas como declaraciones de testigos, una captura de pantalla de un perfil de Facebook, rastros encontrados en el lugar del hecho y las conclusiones de los peritajes.

En su fallo, la jueza Moscoso Mendieta explicó que “la pena acordada se encuentra dentro de la escala penal prevista para este tipo de delitos, la que no puede ser incrementada por la suscripta”, en referencia a los límites que impone el Código Procesal Penal de La Pampa en los juicios abreviados. Respecto a la ejecución condicional de la pena, la magistrada señaló que “el imputado puede acceder a ella en razón de no contar con antecedentes penales”. El delito probado tiene una sanción de dos a seis años de prisión.

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