El Gobierno de la provincia de La Pampa, por decisión del gobernador Sergio Ziliotto, interpuso una medida cautelar autónoma contra el Estado Nacional para frenar la quita de los fondos provenientes del complejo hidroeléctrico Los Nihuiles. La presentación judicial busca la suspensión inmediata de los artículos 3° y 4° del Decreto Presidencial N° 982/2026, publicado el pasado 11 de septiembre, el cual derogó el esquema de reparto vigente desde 1973 y le otorgó la totalidad de las regalías a la provincia de Mendoza.
Un reclamo fundamentado en la historia y la ley
La estrategia legal de la provincia procura mantener de forma provisoria la distribución histórica de los recursos hasta que la Justicia dicte una resolución sobre la cuestión de fondo. Desde el Ejecutivo pampeano argumentan que este recorte unilateral representa un avasallamiento a las autonomías provinciales y un grave perjuicio económico para las arcas del Estado.
Los ejes centrales de la demanda pampeana se sostienen en los siguientes puntos:
- Acuerdo homologado: El derecho al cobro de estas regalías no se desprende únicamente del derogado Decreto N° 1560/73, sino de un convenio firmado en 1992 entre Nación, Mendoza y La Pampa, el cual fue debidamente homologado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- Imposibilidad de acción unilateral: Al tratarse de un acuerdo rubricado entre distintas jurisdicciones, ninguna de las partes puede modificar de manera individual los compromisos asumidos. En aquel pacto, el Estado Nacional actuó como un integrante más y no como una autoridad jerárquica superior a las provincias.
- Avasallamiento federal: La medida dispuesta por el Presidente de la Nación vulnera el federalismo de concertación, el principio de buena fe y la seguridad jurídica, lesionando directamente un derecho patrimonial adquirido por el Estado provincial.
Contradicciones en la Corte Suprema
Un dato que suma gravedad institucional al conflicto es que la validez del histórico régimen de 1973 ya se encuentra actualmente en pleno debate en la Corte Suprema de Justicia, a raíz de una causa iniciada por Mendoza contra el Estado Nacional.
En el marco de ese expediente, fue el propio Estado Nacional quien solicitó citar a La Pampa por encontrarse directamente alcanzada por la controversia. El máximo tribunal accedió a este pedido el pasado 27 de agosto. Sin embargo, apenas catorce días después de esa decisión judicial, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto que modificó el régimen cuya validez está en plena discusión. Con la acción de amparo, la provincia busca evitar que este nuevo esquema se consolide en las futuras concesiones del Sistema Hidroeléctrico Los Nihuiles y genere consecuencias de difícil reparación.
La postura de Ziliotto: “El río Atuel también es pampeano”
En consonancia con la presentación judicial, el gobernador Sergio Ziliotto utilizó su cuenta de la red social X para reafirmar la postura innegociable de la provincia frente a este nuevo despojo hídrico.
“Hemos presentado ante la Justicia Federal una medida cautelar pidiendo la suspensión inmediata de los artículos del Decreto Presidencial N° 982/2026 que vulneran nuestros derechos”, publicó el mandatario durante la mañana del lunes 14 de septiembre.
En su mensaje, el titular del Ejecutivo provincial destacó que a La Pampa la respaldan leyes y sentencias de la CSJN de los años 1987, 2017 y 2020, las cuales establecen y ratifican la interprovincialidad del cauce hídrico. “La represa Los Nihuiles genera energía con agua pampeana”, enfatizó el gobernador, para luego sentenciar: “Ningún Decreto puede anular un acuerdo de partes. Lo dijimos, lo ratificamos. No abandonaremos ninguna lucha por lo que nos pertenece”.
