Político

Proponen que agentes de transito en Pico deban capacitarse en “Cortesía” y “Actitudes en la Vía Pública”, entre otros temas

30 mayo, 2018 a las 21:01

En el día de ayer, se aprobó por unanimidad en comisión el proyecto de resolución presentado por el concejal Mariano Sanchez, sobre las capacitaciones obligatorias a los Agentes de Tránsito en la ciudad de General Pico. El tema principal será “La Función de los Agentes de tránsito y su relación con los usuarios de la vía Pública”, entre lo que se incluye, Seguridad en sí mismo, Cortesía, Ecuanimidad y Honradez, Actitudes en la Vía Pública, Uso del lenguaje, Relación Agente-Infractor y Cómo operar en la Vía Pública.



El proyecto expresa “visto los operativos de tránsito en nuestra ciudad; y considerando que sería meritorio que todos los agentes de tránsito tuvieran un conocimiento real y fluido de la ley nacional de tránsito con sus actualizaciones que incorpora la ley 26363, como de las leyes provinciales, ordenanzas locales, y normativa concordante, dado que el cuerpo legislativo en tránsito es abundante, no es simple y para un conocimiento fluido es necesario una instrucción adecuada, y es deber del DEM brindar las capacitaciones necesarias. Esto daría calidad institucional”.

“Que en un mismo sentido tuvieran incorporado en esta capacitación que se pretende, La función del agente de tránsito y su relación con el usuario de la vía pública, Temática que comprende (A) Seguridad en sí mismo B) Cortesía C) Ecuanimidad y Honradez D) Actitudes en la Vía Pública E)Uso del lenguaje F)Relación Agente-Infractor G) Cómo operar en la Vía Pública”.

“Que desde un tiempo se vienen suscitando en los diferentes operativos de tránsito en la ciudad, conflictos entre los agentes de tránsito y los usuarios de la vía pública y que creemos que un conocimiento real en la materia conjugado con una buena predisposición y capacitación en la relación entre el agente y el usuario de la vía publica, seria elemental para disminuir los conflictos reiterados como así los episodio de violencias”.

“Que se deben de tomar medidas concretas que tiendan a prevenir y mejorar estas situaciones de forma urgente antes de que pueda suceder un hecho lamentable”.

“Que en averiguaciones que hemos realizado al respecto con el Sr. Bruno Miño -dice el proyecto-, reconocido en nuestra ciudad por ser instructor de la ley de tránsito y seguridad vial (quien tiene el conocimiento sobre normativas tantos nacionales, Provinciales, Locales y normas concordantes y da los cursos en materia vial para los Transportistas que desean obtener el carnet profesional, el cual exige dicha capacitación y en la actualidad está terminando de dar una capacitación que fue convocado por el instituto Superior Policial, sobre Transito a los agentes de policía ( los cuales estarán en puestos camioneros), la cual se dicta en médano con una duración de dos meses y una cursada semanal todo los viernes. Y el programa que se desarrolla abarca los siguientes aspectos: (el cual mencionamos como ejemplo a aplicar): Curso para Inspectores de Tránsito A.-INTRODUCCIÓN:Marco Jurídico.- Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, Ley Nacional de Transito y Seguridad Vial N° 26363, Ley Provincial Nº 1713 (Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.4449), Ordenanza Municipal Nº 14 /98 B.-DESARROLLO.-CAPÍTULO 1: LA VÍA (Definiciones) CAPÍTULO 2: USUARIOS DE LA VÍA CAPÍTULO 3: PRIORIDADES CAPÍTULO 4: NORMAS DE COMPORTAMIENTO VIAL CAPÍTULO 5: LUCES CAPÍTULO 6: ALCHOLEMIA CAPÍTULO 7: VELOCIDAD CAPÍTULO 8: SEÑALES CAPÍTULO 9: DEMARCACIÓN CAPÍTULO 10: INFRACCIONES Y SANCIONES CAPITULO 11: FUNCION DEL AGENTE DE TRÁNSITO A) Seguridad en sí mismo B) Cortesía C) Ecuanimidad y Honradez D) Actitudes en la Vía Pública E)Uso del lenguaje F) Relación Agente-Infractor G) Cómo operar en la Vía PúblicaC.- EVALUACIÓN FINAL

El proyecto brega para que se incorpore “como requisito obligatorio a todos los agentes de tránsito, una capacitación y evaluación – en materia de tránsito, abarcando ley 24449 (ley nacional de tránsito) con sus actualizaciones que incorpora la ley 26363, leyes provinciales (Ley Provincial Nº 1713 (Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.4449), ordenanzas locales y otras normativas concordante. Que la misma capacitación incluya como temaLa Función de los Agentes de tránsito y su relación con los usuarios de la vía Pública, que incluye sub-temas como(A) Seguridad en sí mismo B) Cortesía C) Ecuanimidad y Honradez D) Actitudes en la Vía Pública E)Uso del lenguaje F) Relación Agente-Infractor G) Cómo operar en la Vía Pública)”.

Además indica que “esta capacitación obligatoria se requerirá para cada nuevo agente de tránsito que se incorpore en el futuro” y que “se realicen seminarios de revisión y actualización obligatorios en materia de tránsito de forma semestral como mínimo, para mantener sólidos los conocimientos en la materia”.

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