Judiciales

Primer revés para Nación: la Justicia Federal suspendió el decreto que le quitaba a La Pampa las regalías de Los Nihuiles

16 septiembre, 2026 a las 13:39

La Justicia Federal con asiento en Santa Rosa le otorgó este miércoles una victoria judicial clave a nuestra provincia en la defensa de sus recursos hídricos y económicos. El Juzgado Federal, a cargo del juez Juan José Baric, hizo lugar a una medida cautelar interina solicitada por el Gobierno de La Pampa y ordenó la inmediata suspensión de los artículos 3° y 4° del Decreto Nacional 982/2026. Esta normativa presidencial pretendía eliminar el pago del 50% de las regalías hidroeléctricas generadas por el complejo Los Nihuiles que históricamente percibía nuestra jurisdicción.

La resolución judicial, fechada el 16 de septiembre de 2026, pone un freno al intento del Poder Ejecutivo Nacional de transferir la totalidad de esos fondos a la provincia de Mendoza y ordena mantener provisoriamente el régimen vigente anterior al dictado del nuevo decreto.

Los fundamentos del fallo federal

Para hacer lugar a la presentación interpuesta por el gobernador Sergio Ziliotto y la Fiscalía de Estado, el magistrado analizó los presupuestos básicos que requiere toda medida cautelar y le dio la razón a la postura pampeana:

  • Verosimilitud del derecho: El juez Baric consideró acreditada la existencia de un régimen establecido desde 1973 y un posterior convenio interjurisdiccional firmado en 1992 entre Nación, Mendoza y La Pampa. El fallo destaca que La Pampa cuenta con un régimen jurídico vigente desde hace décadas, incorporado a un acuerdo y homologado judicialmente, por lo que la modificación unilateral por parte de Nación representa “una quita en la participación en los recursos derivados del aprovechamiento hidroeléctrico de un río interjurisdiccional, provocando sobre todo un grave perjuicio para la provincia”.
  • Peligro en la demora: La sentencia subraya que, de no frenarse el decreto, La Pampa perdería inmediatamente los ingresos mensuales por regalías. Además, advierte sobre la inminente convocatoria a una nueva licitación del complejo mediante el Decreto 667/26. Si los nuevos pliegos avanzaban con el decreto vigente, iban a establecer el pago total a Mendoza, volviendo “casi de imposible reparación la incorporación del pago de regalías a nuestra provincia”.
  • Protección del interés público: El magistrado aclaró que la suspensión del decreto no lesiona el interés público, ya que no obstaculiza la continuidad de la actividad hidroeléctrica ni el proceso de concesión, sino que simplemente preserva el reparto del dinero mientras se resuelve la controversia de fondo.

Lo que viene: tres días de plazo para Nación

Es importante destacar que esta decisión judicial tiene carácter provisional. En su parte resolutiva, el Juzgado Federal intimó al Poder Ejecutivo Nacional (específicamente al Ministerio de Economía) a que produzca un informe sobre la situación en un plazo perentorio de tres días a partir de su notificación.

Una vez cumplido este paso, o vencido el plazo estipulado, la Justicia deberá expedirse sobre la medida cautelar autónoma solicitada en el expediente, que definirá cómo continúa este nuevo capítulo en la histórica lucha de La Pampa por el río Atuel.

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