El juez de control de General Pico, Diego Ambrogetti, a un joven de 26 años, a una pena de cuatro meses de prisión de ejecución condicional. La sentencia se dictó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado, donde Heck fue hallado autor material y penalmente responsable del delito de tenencia simple de material pornográfico o de pornografía infantil.
Como parte de la condena, el magistrado impuso a H. reglas de conducta por un término de dos años. Estas incluyen la obligación de fijar un domicilio y no ausentarse ni modificarlo sin dar aviso previo a la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley.
El acuerdo de juicio abreviado fue presentado por la fiscal Ana María Ballari, el imputado y su defensor particular, Marcelo Petrelli. La evidencia presentada demostró que el 15 de mayo de 2025, durante un allanamiento en su domicilio, el imputado poseía material de abuso sexual infantil en dispositivos electrónicos de su propiedad, como un teléfono móvil y una computadora de escritorio.
Según el informe del Registro Nacional de Reincidencia, el condenado no contaba con antecedentes penales. El juez Ambrogetti explicó que el acuerdo entre las partes representa un límite para su potestad jurisdiccional en la imposición de la pena. “Conforme a lo dispuesto en el art. 369 C.P.P., el juez está obligado a respetar la pena acordada por el Ministerio Público Fiscal y la defensa técnica, no pudiendo imponer sanción alguna que supere la fijada en dicho acuerdo”, señaló el magistrado.
En su fallo, Ambrogetti concluyó que “la pena de cuatro meses de prisión de ejecución condicional acordada en el presente caso se encuentra dentro de los parámetros previstos por la ley, y constituye la sanción máxima que puedo aplicar en el marco del presente juicio abreviado”. Finalmente, una vez que la sentencia quede firme, ordenó la inscripción del condenado en el Registro Provincial de Antecedentes de Condenados por delitos contra la Integridad Sexual y el decomiso del material secuestrado.
