El juez de control de General Pico, Heber Pregno, condenó a Juan Pablo Redondo, de 46 años, a una pena unificada de dos años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento y a la inhabilitación para conducir por cuatro años. La sentencia se dictó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado, donde se lo encontró coautor de los delitos de lesiones graves culposas agravadas y lesiones leves culposas en cuatro hechos, tras protagonizar un siniestro vial.
Según se pudo comprobar, el hecho ocurrió el 19 de septiembre de 2025, cerca de las 20:45 horas. En esa ocasión, Redondo conducía una camioneta Volkswagen Amarok a gran velocidad por la ruta que une General Pico con Speluzzi. En la zona de la primera curva, señalizada con doble línea amarilla, intentó sobrepasar a un Renault Logan y a una motocicleta Honda Wave, invadiendo el carril contrario.
Al realizar esta maniobra antirreglamentaria, impactó de frente con un Chevrolet Aveo que circulaba en sentido opuesto, desde Vértiz hacia Metileo. A causa del choque, el conductor del Aveo perdió el control de su vehículo e impactó a su vez con el Renault Logan. Como resultado del siniestro, la conductora del Logan sufrió lesiones graves, mientras que su hija de 14 años, que viajaba como acompañante, y los tres ocupantes del Chevrolet Aveo padecieron lesiones leves.
El acuerdo de juicio abreviado fue presentado por el fiscal Guillermo Komarofky, el defensor particular Fernando Bardín y el propio imputado. Las víctimas del hecho fueron informadas sobre los alcances del acuerdo y prestaron su consentimiento para esta modalidad de finalización del proceso judicial.
El juez Pregno afirmó que con las pruebas recolectadas, como el informe pericial accidentológico, el acta de inspección ocular y las declaraciones de testigos, “ha quedado demostrada la conducta imprudente, negligente y antirreglamentaria del imputado y el resultado de la misma”. Además, el magistrado recordó que “como lo marca la ley procesal el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas”.
Debido a que Redondo contaba con antecedentes penales, se le revocó la condicionalidad de una pena anterior. Por este motivo, se unificó esa sanción con la actual, componiendo la pena única y total de dos años y seis meses de prisión efectiva, además de la inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo a motor por un período de cuatro años.
