La causa por el millonario robo de 250 mil dólares en General Pico sumó una nueva y contundente resolución. En las últimas horas, el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) notificó a las partes sobre el fallo de los recursos presentados, determinando un revés significativo para la defensa de los acusados: se revocó el beneficio de arresto domiciliario que gozaba uno de los imputados, quien ahora deberá ser alojado en una dependencia policial.
El fallo del Tribunal de Impugnación Penal
Tras la audiencia de formalización inicial, donde el juez de control Alejandro Gilardenghi había dictado prisión preventiva para el imputado de apellido Torres (por poseer antecedentes penales) y arresto domiciliario para Claudio Arhex (por carecer de ellos), ambas partes apelaron la decisión.
Por un lado, la defensa perseguía la libertad de ambos sujetos o, en su defecto, que a Torres también se le otorgara el beneficio de la prisión domiciliaria. Este planteo fue rechazado en su totalidad por el tribunal.
Por otro lado, el abogado querellante, Jerónimo Altamirano, había impugnado específicamente la resolución que beneficiaba a Arhex con el arresto en su domicilio. El TIP hizo lugar a este recurso, revocando la medida. De esta manera, a partir de la fecha, ambos acusados deberán cumplir con la prisión preventiva común de efectivo encierro por el plazo de dos meses fijado inicialmente, aunque desde la querella no descartan solicitar una prórroga de los plazos a medida que se incorporen nuevas pruebas.
Riesgo de fuga y obstaculización: los argumentos contra Arhex
El fallo del TIP respaldó los argumentos presentados por la querella respecto al comportamiento de los acusados luego del hecho, considerando que la participación de ambos está probada de manera “casi indubitada” por las cámaras de seguridad, según indicó Altamirano a INFOPICO.
Para revocar la domiciliaria de Arhex, los jueces determinaron que la falta de antecedentes penales condenatorios no es garantía suficiente de que el imputado no vaya a entorpecer la investigación. Entre los elementos de peso para justificar el inminente riesgo de fuga y obstaculización, el tribunal destacó:
- Disponibilidad económica: El alto poder adquisitivo del imputado facilita un eventual escape.
- Viaje al exterior: Haber abandonado el país al día siguiente de perpetrado el robo.
- Ocultamiento de pruebas: La falta de colaboración al no entregar las prendas de vestir utilizadas el día del hecho, el ocultamiento temporal del automóvil Ford Focus que ofició de apoyo logístico y la reticencia inicial a poner a disposición las cámaras de seguridad del comercio.
La Justicia desestimó de plano cualquier hipótesis alternativa planteada por la defensa (como un presunto autorrobo del damnificado), argumentando que los registros fílmicos muestran claramente la logística, las esperas y los reiterados traslados de los imputados hacia la escena del crimen.
Lo que viene: peritajes informáticos y la lupa sobre “la entregadora”
Lejos de estancarse, la investigación abre un nuevo paréntesis con la búsqueda de evidencia digital y testimonial. Según adelantó el Dr. Altamirano, los próximos pasos de la querella apuntan a la apertura y análisis de los teléfonos celulares secuestrados.
Para esta tarea clave, analizan proponer un perito informático de parte con el objetivo específico de rastrear y recuperar mensajes de texto y registros de llamadas que hayan sido eliminados deliberadamente por los acusados.
Además, la querella se prepara para proponer la incorporación de nuevos testimonios que podrían terminar de cerrar el círculo sobre la logística previa al golpe. En este sentido, todas las miradas apuntan hacia el rol de una mujer identificada como Luna, quien compartía ámbito laboral con la víctima del robo (de apellido Prada), y cuya participación habría sido fundamental para garantizar que el domicilio estuviera vacío en el momento del atraco.




