Judiciales

Polémica decisión judicial: otorgan salidas transitorias a un condenado por abuso sexual que estuvo prófugo cuatro años

30 junio, 2026 a las 22:00
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A pesar del firme rechazo de la fiscalía y de las víctimas, el Tribunal de Impugnación de La Pampa ratificó el beneficio para Eduardo César Ros Ramírez. El interno, que evadió la justicia entre 2017 y 2022, podrá abandonar su lugar de detención durante 48 horas al mes para visitar a su familia en Ataliva Roca.

En un fallo que reaviva el debate sobre los beneficios carcelarios y los derechos de las víctimas de violencia de género, la Justicia pampeana confirmó la concesión de salidas transitorias para Eduardo César Ros Ramírez, un hombre condenado a ocho años de prisión por abuso sexual con acceso carnal.

La controversia del caso no solo radica en la gravedad del delito, sino en el historial del condenado: tras quedar firme su sentencia en diciembre de 2017, Ros Ramírez se fugó y se mantuvo prófugo de la justicia durante más de cuatro años. Recién pudo ser capturado en marzo de 2022. Sin embargo, para la Justicia, este grave antecedente no constituye un impedimento legal para acceder a los beneficios de prelibertad.

La oposición de la fiscalía y las víctimas

Tanto la fiscal Marisol Rodríguez como el abogado querellante, Franco Catalani, en representación de las víctimas, se opusieron tenazmente a la medida. Argumentaron que el interno no cuenta con un proceso terapéutico consolidado y advirtieron sobre el riesgo que implica otorgar beneficios basados en la confianza a alguien que ya burló el cumplimiento de su condena.

Además, la querella subrayó que el Estado tiene la obligación de aplicar una “debida diligencia reforzada” para proteger a las mujeres en casos de violencia de género, citando tratados internacionales. Cuestionaron duramente, además, que se le otorgue el rol de tutores a los mismos familiares que presuntamente habrían facilitado o encubierto su fuga al extranjero.

Los argumentos del Tribunal

Pese a las advertencias, la Sala B del Tribunal de Impugnación, conformada por los jueces María Paola Frigerio y Mauricio Federico Piombi, avaló la decisión original de la Jueza de Ejecución, Mónica Rivero. Los magistrados determinaron que Ros Ramírez ya alcanzó el tiempo mínimo requerido de detención ininterrumpida y que los informes elaborados por el equipo técnico resultan favorables.

El fallo sostiene que la fuga de 2017 “no puede ser considerada como una causal automática de exclusión del régimen progresivo de la pena”, dado que la Ley de Ejecución Penal no lo establece expresamente, y agregar ese requisito vulneraría el principio de legalidad.

Para intentar mitigar los riesgos, la Justicia le impuso a Ros Ramírez la prohibición absoluta de acercamiento y contacto por cualquier medio con las víctimas. Las salidas se llevarán a cabo en un complejo de cabañas cerrado en la localidad de Ataliva Roca, exclusivamente bajo la estricta tutela de su padre y su hermana. De esta forma, el condenado iniciará un proceso gradual de reinserción de cara a su posible libertad condicional, estimada para 2027.