Judiciales

Revocan polémico fallo: Condenan a una madre por golpear a su hija y fijan límites a la “perspectiva de género”

18 mayo, 2026 a las 10:00
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Revocan polémico fallo: Condenan a una madre por golpear a su hija y fijan límites a la "perspectiva de género" (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)
Revocan polémico fallo: Condenan a una madre por golpear a su hija y fijan límites a la "perspectiva de género" (Imagen ilustrativa IA - infopico.com)

La Justicia pampeana había absuelto a la mujer argumentando que era víctima de violencia machista y extrema vulnerabilidad. Sin embargo, el Tribunal de Impugnación revirtió la medida, le impuso seis meses de prisión en suspenso y advirtió que el contexto social no justifica el maltrato infantil.

El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa revocó una controvertida sentencia que había absuelto a una madre tras golpear salvajemente con un cinto a su hija de 9 años. El caso, que encendió el debate sobre la aplicación de la perspectiva de género en los tribunales, culminó con una condena de seis meses de prisión en suspenso y la imposición de tratamiento psicológico para la agresora.

El hecho ocurrió el 16 de marzo de 2023 en General Pico. Tras un llamado de vecinos alertando por los gritos desesperados de los menores, la policía y operadores de niñez constataron que la mujer había agredido a la mayor de sus hijas porque se negaba a bañarse y a ir a la escuela. El informe médico fue contundente: la niña presentaba severas marcas de cinturonazos en sus muslos y hombros.

En primera instancia, la jueza de Audiencia María José Gianinetto reconoció la existencia del delito pero decidió absolver a la mujer. Basó su decisión en la dramática historia de la acusada: jefa de hogar a cargo de cinco hijos, paciente con diabetes grave y víctima constante de la violencia física y psicológica ejercida por su pareja. Para la jueza, penar a la mujer era castigarla por su “desigualdad estructural” y el fallo resultaría perjudicial para los propios hijos que dependen de ella.

Sin embargo, la decisión generó el rechazo del fiscal Guillermo Komarofky, quien apeló rápidamente. El fiscal advirtió que la perspectiva de género se estaba utilizando de manera inadecuada, transformándose en una excusa para la impunidad. Argumentó que omitir una sanción implicaba invisibilizar a la verdadera víctima: una niña de 9 años expuesta a un escenario crónico de violencia intrafamiliar.

Al analizar el recurso, los jueces del TIP Mauricio Piombi y María Paola Frigerio le dieron la razón a la fiscalía. En el fallo de alzada dictaminaron que si bien el duro contexto de la mujer es atendible, “la sola mención de la existencia de violencia de su pareja no acredita que vivía en un estado de coacción tal que su capacidad de decisión estuviera anulada”.

Los magistrados sentaron un precedente contundente: la obligación de fallar con perspectiva de género no exime la responsabilidad penal ni puede desplazar jamás el “interés superior del niño”. Como resultado de la revocación, la madre fue condenada y deberá acatar estrictas reglas de conducta por dos años, fijar domicilio, someterse a planes de la Unidad de Protección de Niñez y realizar terapia psicológica obligatoria.