Judiciales

El Juzgado Federal rechazó el amparo de Fepamco: “Prevaleció el derecho al consumidor para evitar una venta atada”

15 abril, 2026 a las 20:00

El Juzgado Federal de Santa Rosa, a cargo del juez Juan José Baric, rechazó la acción de amparo presentada por la Federación Pampeana de Cooperativas (Fepamco) contra el Estado Nacional. La medida judicial avala la resolución del Ministerio de Economía que prohíbe incluir tasas municipales y otros servicios en las boletas de luz, un tema de alta sensibilidad política y económica para La Pampa.

Para desmenuzar los alcances de esta decisión, InfoPico Radio 99.9 dialogó con Antonela Brajin, secretaria del Juzgado Federal. La funcionaria fue tajante al aclarar que el fallo no busca desfinanciar a las entidades solidarias, sino modificar el mecanismo de facturación para proteger a los usuarios.

“Prevaleció el derecho al consumidor y el derecho a que no se facturen de manera conjunta, o fusionada, las tasas dentro del servicio eléctrico”, sentenció Brajin.

El fin de la “venta atada” y la coerción implícita

El amparo impulsado por las cooperativas pampeanas argumentaba que la resolución nacional, dictada en septiembre de 2024, avasallaba la autonomía provincial y el régimen municipal que delega el cobro de tributos a estas entidades. Sin embargo, la Justicia Federal puso el foco en la vulnerabilidad de los vecinos ante este sistema.

Según explicó la secretaria del juzgado, el esquema actual esconde una coerción implícita al pago: si el usuario no abona la totalidad de la boleta —que suele incluir conceptos ajenos a la energía como servicios médicos, sepelios, cloacas o gastos de capitalización— corre el riesgo de sufrir el corte del suministro eléctrico.

Brajin utilizó una figura contundente para describir la práctica que el fallo intenta desarmar: “Lo que busca la vigencia de la resolución es que yo como consumidor no tenga que abonar de manera conjunta las tasas. Se les da un plazo de 90 días para que adecúen la modalidad de cobro, pero que no sea una venta atada”.

Un plazo de 90 días para transparentar las boletas

La resolución judicial no le quita a los municipios su potestad inherente de cobrar tributos, ni impide que las cooperativas sigan siendo los agentes de recaudación. El eje del debate es exclusivamente el mecanismo en el que se presentan esos cargos.

A partir de esta sentencia de primera instancia, las cooperativas tienen un plazo de tres meses para implementar una modalidad alternativa, como la emisión de facturas separadas. El objetivo final es garantizar que la información llegue de forma clara y precisa a cada hogar pampeano.

“Nunca se prohibió que se cobren”, reiteró la funcionaria judicial, y cerró con una premisa clara sobre el espíritu de la medida: “Se dispone a los fines de un pago transparente. Que vos como usuario sepas y entiendas qué es lo que estás pagando dentro de tu boleta de la luz”.

Por el momento, resta esperar si Fepamco apelará esta decisión para continuar la batalla legal en instancias superiores, un paso procesal sobre el cual desde el Juzgado Federal prefirieron ser cautos y no adelantar escenarios.

Escuchá la nota completa:

¿Te gusta InfoPico? Agréganos como fuente preferida y aparecemos primero en tus búsquedas
Agregar InfoPico