El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa rechazó el recurso extraordinario presentado por ocho empresas automotrices, confirmando así los fallos de primera y segunda instancia que las obligan a recalcular las cuotas de los planes de ahorro vendidos en la provincia. En una entrevista con INFOPICO RADIO 99.9, el abogado Franco Catalani, impulsor de la demanda colectiva, explicó los alcances de esta importante resolución que beneficia a miles de ahorristas pampeanos.
La decisión del máximo tribunal provincial marca un hito en una batalla legal que comenzó a fines de 2019. “Ya tenemos un fallo de primera instancia de la jueza Pascual, que hizo lugar a la demanda, y luego la Cámara confirmó esa sentencia. Ahora, el Superior Tribunal de Justicia rechaza la impugnación de las empresas, con lo cual deja firme el fallo”, detalló Catalani.
La sentencia ordena a las empresas demandadas —Ford, Chevrolet, Citroën, Peugeot, Toyota, Fiat, Volkswagen e Interplan (que agrupa a Jeep, entre otras)— a recalcular los planes de ahorro vigentes entre abril de 2018 y marzo de 2024. El nudo del conflicto radica en el “valor móvil” del vehículo, un índice que las compañías utilizaban para actualizar las cuotas. “Lo que se puso en cuestión es justamente cómo se calculaba ese valor móvil. Dijimos en la demanda que ese número se fija en forma completamente arbitraria y no respeta ni siquiera la inflación. Pedimos que respetara un criterio, y ese criterio fuera el valor del IPC (Índice de Precios al Consumidor), y eso fue lo que resolvió la sentencia”, explicó el letrado.
A pesar de las tres sentencias favorables, el abogado señaló una preocupante realidad: “Seguimos avanzando, pero las empresas siguen sin cumplir el fallo”.
Consultado sobre los pasos a seguir, Catalani indicó que a las automotrices les queda una última instancia de apelación. “Pueden interponer lo que se llama un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, afirmó. Sin embargo, se mostró escéptico sobre su prosperidad: “El recurso se presenta acá, en La Pampa, y el Superior Tribunal hace un análisis de admisibilidad. Por los fundamentos que da el propio STJ en su rechazo, creo que difícilmente lo declaren admisible”.
Esta acción es de carácter colectivo, lo que significa que su resolución ampara a un amplio grupo de personas. “El colectivo comprende a todas las personas de la provincia de La Pampa que contrataron un plan de ahorro entre abril de 2018 y marzo de 2024 con alguna de estas ocho empresas”, aclaró Catalani, quien además informó que más de 1.200 personas ya se han sumado de forma individual al reclamo.
¿Quiénes pueden sumarse al reclamo? El abogado subrayó que aún hay tiempo para que más ahorristas se adhieran a la demanda. Los requisitos son:
- Que en el contrato o formulario de adhesión figure un domicilio en la provincia de La Pampa.
- Que el plan de ahorro haya estado vigente en algún momento entre abril de 2018 y marzo de 2024.
- Que el contrato sea con alguna de las ocho empresas demandadas.
Un dato clave es que el reclamo puede realizarse incluso si el plan ya fue cancelado en su totalidad. “Aunque ya haya terminado de pagar todo el plan y tenga su vehículo, puede reclamar la devolución de un dinero”, confirmó Catalani. El plazo para presentarse a la demanda se extiende hasta marzo de 2026.