El especialista en tránsito, Bruno Miño, brindó su habitual columna de seguridad vial en Infopico. En esta ocasión hablamos sobre las multas y el tiempo de proscripción. Escuchá el podcast.
Bruno contó una anécdota sobre una persona que compró un acoplado que tenía una multa y en el Registro del Automotor no entregan los papeles si no se paga esa multa. La consulta de esa persona es: ¿por qué me obligan a pagar una infracción que no realicé? Legalmente, no le corresponde, y es irregular la situación, pero lamentablemente no va a poder obtener los papeles hasta no abonar la multa.
Entonces nos preguntamos sobre la prescripción de las multas: las causas de la extinción de acciones y sanciones es por muerte del sancionado; otra causa es por indulto o conmutación de la sanción y última causa es por prescripción por tiempo: a los dos años se cae el trámite administrativo ante una multa leve como falta de tarjeta de estacionamiento y cinco años ante una falta grave como exceso de velocidad, pasar un semáforo en rojo.
El problema es cuando no notifican al infractor, entonces no se entera y en el momento que debe hacer una transferencia del vehículo o la actualización del carnet de conducir: si nunca te notificaron la multa prescribe, es decir, queda sin efecto.
“Pero los municipios, muy astutamente, extienden la causa cinco años más para poder cobrar esas multas”, sostuvo Bruno.
Atentos a las multas y las prescripciones de las mismas.