La justicia piquense condenó a 3 años de prisión en suspenso a un hombre que realizó tocamiento a su sobrina y se exhibió desnudo frente a ella

La justicia piquense condenó a 3 años de prisión en suspenso a un hombre que realizó tocamiento a su sobrina y se exhibió desnudo frente a ella
13 Abril, 2022 a las 17:30 hs.

La jueza Gianinetto condenó a un hombre de 31 años como autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple agravado por la situación de guarda en carácter de delito continuado en concurso real con exhibiciones obscenas agravadas por ser cometidas contra una menor de edad; a la pena de tres años de prisión en suspenso.  

Además le impuso el cumplimiento de reglas de conducta por el plazo de dos años: fijar domicilio y no ausentarse del mismo sin dar previo aviso al Juzgado de Ejecución Penal o a la fiscalía interviniente; someterse al abordaje del Ente de Políticas Socializadoras; ser incluido en el “Programa para Masculinidades Violentas”. También le ordenó la prohibición total y absoluta de acercamiento, comunicación y contacto respecto de la adolescente damnificada- su sobrina de 15 años en el momento de los hechos-  y realizar  tratamiento psicológico.

Con las pruebas aportadas durante las jornadas de debates- que se realizaron los días  28, 29 y 30 de marzo del corriente años- Gianinetto dio por demostrado que el imputado, de 31 años, tío de la damnificada, durante el mes de enero del año 2019, realizó tocamientos a la adolescente en oportunidad en que la niña visitaba a sus familiares como así también, en una oportunidad, se le exhibió desnudo. 

En su alegato de clausura, la fiscal Ana Laura Ruffini  expresó que sostendría la acusación inicial y solicitó que se le imponga al imputado la pena de tres años de prisión de ejecución en suspenso, con el cumplimiento de reglas de conducta por el plazo de dos años. Por su parte, David Diván y Ramiro Llanos, abogados en representación de la querella- los padres de la víctima-  adhirieron en cuanto a los hechos y calificaciones legales al alegato de la fiscalía, pero en relación a la pena, solicitaron  tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. El defensor particular Martín Herrero Galvagno en su alegato de clausura mencionó que la calificación legal del hecho debe encuadrarse en el delito de abuso sexual simple  y  peticionó una pena de seis meses de prisión en suspenso. En forma subsidiaria,  los defensores solicitaron que en caso que se haga lugar al agravante de la guarda solicitada por la acusación de la fiscalía, se aplique la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.

En relación a la pena solicitada por las partes, la jueza entendió que “la pena solicitada por la Fiscalía y la propia Defensa resulta apropiada para el presente caso, por considerarlo justo y proporcional, por lo que habré de disponer la condena de tres años de prisión, de ejecución en suspenso, con la aplicación de las reglas de conducta, establecidas en el art. 27 bis del C.P. solicitadas por la Fiscal”.  

Del informe del Registro Nacional de Reincidencia surge que los imputados carecen de antecedentes condenatorios.

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