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Conflicto SOEM-Municipio: “El Estatuto no prevé que, por permanecer determinado tiempo en una categoría, tengan derecho a acceder a la misma de forma permanente” explicó el delegado de Relaciones Laborales

Conflicto SOEM-Municipio: “El Estatuto no prevé que, por permanecer determinado tiempo en una categoría, tengan derecho a acceder a la misma de forma permanente” explicó el delegado de Relaciones Laborales
6 Diciembre, 2021 a las 21:15 hs.

El delegado de Relaciones Laborales de la ciudad de General Pico dialogó con “La Redacción” por INFOPICO RADIO 99.9, sobre la mediación entre el municipio local y los empleados de Servicios Públicos.

Cabe recordar que la medida había comenzado el pasado jueves y, según informó ese día el secretario general del SOEM, iba a ser por “tiempo indeterminado”. En consecuencia, durante algunos días no hubo recolección de residuos y el centro de transferencia se encontraba cerrado. Además, no funcionó el servicio de barrido, riego, ni mantenimiento de calles.

Al respecto, Divan manifestó que Relaciones Laborales tomó conocimiento del conflicto gracias a dos denuncias casi simultaneas, por un lado la de ATE y el sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOEM) y por el otro, la Municipalidad de General Pico.

En ambos casos, se pidió por la intervención del organismo, a raíz del anuncio de una medida de fuerza. En tanto, remarcó que “para llevar a cabo cualquier medida de fuerza, siempre las asociaciones sindicales deben comunicarlo con cinco días de antelación“.

Fue entonces que se conformó un expediente y se declaro una instancia de conciliación obligatoria, que preveía un plazo de 15 días y luego 10 días más, para llevar a cabo todas las negociaciones pertinentes. “En este caso tuvimos tres audiencias, siempre tratamos de delimitar el contenido del conflicto y cuales son los puntos que hacían al mismo”, precisó Divan.

Según precisó, durante la primera audiencia un grupo de trabajadores, aproximadamente diez personas, manifestaron que “realizaban tareas en el corralón municipal bajo la figura del monotributo, sin ser empleados ni estar contratados“. Así mismo, 26 trabajadores y trabajadoras que también estaban en el corralón, aseguraron que llevaban a cabo tareas que correspondían a una categoria superior

En ese sentido, Divan planteó que “el conflicto en sí pasa por una cuestion y es cómo se interpretan las normas”. Por este motivo, los 26 empleados entregaron la documentación necesaria, pero finalmente la conciliación obligatoria finalizo el 30 de noviembre, sin lograr un acuerdo respecto a las categorías pero sí en relación a los trabajadores monotributistas. Para esto, el municipio se comprometió a resolver la situación de los diez monotributistas, por lo que las y los trabajadores van a realizar los planes preocupacionales y serán contratados a partir de enero de 2022.

En lo que respecta a la situación de quienes reclaman el cambio de categoría, el delegado de Relaciones Laborales señaló que el estatuto municipal, distingue 16 categorías en lo que se denomina “la carrera administrativa”. Por este motivo, “todos los trabajadores ingresan con una categoria inferior y van escalando de acuerdo a un regimen de ascensos, que pueden incluirse por antigüedad o por concursos”.

Lo que sucedió con las y los trabajadores municipales fue que, si bien muchos ingresaron con la categoria 16 y con el paso de los años subieron de categorías, estan “realizando tareas que corresponden a la categoria 11, como es el caso de los recolectores de residuos”.  Es por esto que, el reclamo final del sindicato, buscaba que se les asigne de forma definitiva la categoria por la cual cobran el salario.

En tanto, aseguró que “el estatuto de obreros y empleados municipales no prevé que, por permanecer determinado tiempo realizando tareas de una categoria, tengan derecho a acceder a la misma de forma permanente“.

En la misma línea, sostuvo que no se genero la declaración de ilegalidad de la medida de fuerza, lo cual fue puesto en conocimiento de las partes en las audiencias. “En la medida en que podamos decidir si la medida es o no ilegal, posiblemente ‘arengue’ a la parte empleadora a tomar ciertas medidas sancionatorias que luego serán revisadas judicialmente”. indicó Diván.

En cuanto a las consecuencias de la medida de fuerza, el delegado de Relaciones Laborales planteó que una cosa es la sanción que puede adoptar el municipio y otra es la remuneración en los días de huelga, por lo que, “aunque la medida sea legitima, la Municipalidad está en todo su derecho de aplicar los descuentos por los días no trabajados“.

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