Acuerdan la pena máxima para un juicio abreviado en La Pampa: 12 años de prisión para un abusador

Acuerdan la pena máxima para un juicio abreviado en La Pampa: 12 años de prisión para un abusador
21 Septiembre, 2021 a las 09:48 hs.

El fiscal Marcos Sacco, la defensora particular Jimena Beatriz Raúl y el defensor particular Walter Pablo Pinto acordaron que un ayudante terapéutico –con su consentimiento– reciba la pena máxima que puede acordarse en un juicio abreviado, y la jueza de audiencia santarroseña, Alejandra Ongaro, convalidó el acuerdo al declararlo admisible.

Así fue como le dictó una sentencia condenatoria de 12 años de prisión como autor de abuso sexual de una menor de 13 años, mediando violencia, gravemente ultrajante por la duración y las circunstancias de realización, con acceso carnal, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado. La víctima fue una hija de su pareja y los hechos quedaron enmarcados en la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres.

¿Cuáles fueron esos hechos? Haber “agredido física, psicológica y sexualmente” a la niña desde los 10 y hasta los 13 años en la vivienda donde residía el grupo familiar. A pesar de que la menor en muchas ocasiones se defendió arrojándole “golpes y patadas”, el acusado terminaba “sometiéndola por la fuerza” y hasta embriagándola.

Los 12 años de prisión son la sanción máxima, en un juicio abreviado, a partir de las reformas introducidas al Código Procesal Penal de La Pampa en febrero del año pasado. Así, el artículo 364 del texto quedó redactado de la siguiente manera: “El Ministerio Público Fiscal, desde la audiencia de formalización y hasta la etapa de procedimiento intermedio, previo al auto de apertura a juicio, podrá solicitar el procedimiento de juicio abreviado cuando estimare suficiente la imposición de una pena privativa de libertad no mayor de 12 años, o de una pena no privativa de libertad, procedente aún en forma conjunta”.

Ongaro, además, le mantuvo la prisión preventiva al condenado de 60 años hasta que el fallo quede firme. La madre de la damnificada, al ser informada sobre el alcance y el contenido del acuerdo, dio su aprobación.

La jueza habló en la sentencia de una “escala ascendente de agresiones sexuales ultrajantes” por parte del imputado y agregó que fueron cometidas “en varias oportunidades y en distintos escenarios, pero con la misma crueldad y ferocidad”.

“En estos hechos (…) se verificó que hubo una unidad de designio o de determinación, comenzando con abusos sexuales de carácter simple, para avanzar en este  sometimiento de la víctima bajo la modalidad de abuso sexual gravemente ultrajante”, remarcó.

Para llegar a esa conclusión, las partes –y luego Ongaro– valoraron, entre otras pruebas, informes policiales y médicos, los testimonio de la madre y de una tía de la niña, su relato en Cámara Gesell, un informe técnico de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia y el victimológico de la Oficina de Atención a la Víctima del Delito y a los Testigos.​

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