Agredió a un vecino con un machete, a otro lo amenazó y le dijo “dame los $1.000 o dame la falopa, sino mañana se pudre todo”

Agredió a un vecino con un machete, a otro lo amenazó y le dijo “dame los $1.000 o dame la falopa, sino mañana se pudre todo”
10 Septiembre, 2021 a las 10:15 hs.

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico, Heber Pregno, condenó a Eloy Hernán Cano, como autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves y amenazas agravadas por el uso de arma en concurso real y amenazas agravadas por el uso de arma; a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional.

Además le ordenó el cumplimiento por el plazo de dos años de las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio y someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje. Someterse a un tratamiento psicológico orientado a tratar los problemas de adicción. Abstenerse de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas. Y abstenerse de comunicarse, contactarse o acercarse respecto de los dos damnificados.

El acuerdo fue presentado por el fiscal Juan Pellegrino, el defensor oficial Alejandro Caram y el imputado. Los damnificados al ser informados sobre el acuerdo firmado, prestaron su conformidad.

Las pruebas aportadas permitieron dar por probado dos hechos diferentes.

El primero ocurrió el 27 de abril del año 2020, cuando Eloy Cano se presentó en un domicilio de la localidad de Sarah  y en la vereda de dicho domicilio le manifestó  al dueño de casa“…venite, vamos más lejos que quiero hablar con vos…”. Ante la negativa del dueño, extrajo de entre sus prendas, un cuchillo tipo machete de 40 centímetros y lanzó una estocada hacia el estómago del damnificado, quien lo esquivó. Cuando Cano pasó de largo, al retroceder lo raspó en el costado izquierdo del abdomen. Acto seguido, arremetió nuevamente con puntazos hacia el damnificado, los cuales fueron esquivados hasta que éste lo tomó de la remera y lo empujó hacia atrás. En ese contexto Cano le manifestó “que si lo denunciaba lo iba a matar”, generando gran temor en el denunciante.

El otro hecho ocurrió el 16 de septiembre del año 2020 cuando Eloy Hernán Cano se presentó en otro domicilio de la misma localidad y le manifestó al dueño “dame los $1.000 o dame la falopa, sino mañana se pudre todo”, al mismo tiempo que extrajo de entre sus prendas dos cuchillos con hoja oxidada exhibiéndoselos de manera intimidatoria. Que antes de retirarse del domicilio le manifestó nuevamente “mañana vengo de nuevo más vale que me des lo que te pedí”, generando la situación temor en el damnificado.

Sobre la sanción aplicable, el magistrado agregó que como lo marca la ley procesal “el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas”. En tal sentido, acordaron las partes que se condene a Eloy Hernán Cano, a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional y  el cumplimiento de reglas de conducta.

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