Desde hoy la Justicia pampeana atenderá al público todos los días

Desde hoy la Justicia pampeana atenderá al público todos los días
17 Agosto, 2021 a las 08:00 hs.

A partir de hoy martes todos los organismos del Poder Judicial volverán a atender al público, a través de un sistema de turnos, de lunes a viernes de 7 a 12.30. Así fue dispuesto, oportunamente, por el Superior Tribunal de Justicia por intermedio del acuerdo N° 3807.

Así, la prestación del servicio de justicia –que nunca dejó de brindarse desde que se declaró la emergencia sanitaria por la pandemia por coronavirus–, se brindará de modo general con la asistencia de magistrados/as, funcionarios/as y empleados/as a sus lugares de trabajo, en el horario habitual de cumplimiento de sus funciones o jornada laboral (a partir de las 7); y con atención al público de 7 a 12.30 con asignación de turnos, mediante el “Sistema de turnos on line” disponible en la página web (https://justicia.lapampa.gob.ar).

El texto también especifica que, “salvo excepciones debidamente justificadas”, la permanencia en dependencias judiciales no podrá extenderse más allá de las 18.

Además indica que solo estarán exceptuados de concurrir a sus lugares de trabajo, mientras dure el estado de máxima emergencia sanitaria, los magistrados/as, funcionarios/os y empleados/as mayores de 60 años, embarazadas en cualquier trimestre y quienes estuvieren comprendidos en los grupos de riesgo especificados en el artículo 4° del decreto Nº 555/20 del Poder Ejecutivo Provincial.

Sin embargo, esa dispensa no será aplicable cuando el magistrado/a, funcionario/a o empleado/a haya recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19.

La acordada especifica que la inasistencia del empleado/a será justificada cuando sea progenitor/a o persona adulta responsable a cargo de niño/a o adolescente que curse la educación obligatoria inicial o primaria, los días en que aquel o aquella no asista a clases presenciales o asista pero con jornada presencial reducida. No obstante, en esos casos, el empleado/a deberá trabajar a distancia desde su hogar cuando las circunstancias lo permitan. Los magistrados/as y funcionarios/as quedaron expresamente excluidos de la dispensa.

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