Tenía una orden de restricción, se metió dos veces en el domicilio de su ex pareja y ahora fue condenado a seis meses de prisión en suspenso

Tenía una orden de restricción, se metió dos veces en el domicilio de su ex pareja y ahora fue condenado a seis meses de prisión en suspenso
4 Abril, 2021 a las 15:00 hs.

El juez de control de Genera Pico, Alejandro Gilardenghi, condenó a un hombre como autor material y penalmente responsable de los delitos de “violación de domicilio -dos hechos-, daño simple y desobediencia, en concurso real”, a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional o en suspenso.

Además impuso al condenado las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio o residencia, y no modificarla sin previa autorización del juez de ejecución penal; abstenerse de realizar cualquier acto que pueda perturbar y/o intimidar a la víctima- su ex pareja-; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a un tratamiento psicológico y a la observancia de las reglas de conducta por el juez de ejecución penal, y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje.

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Luciano Rebechi y el defensor oficial Mauro Fernández.

Hechos

Los dos hechos que fueron probados ocurrieron uno en la madrugada del 03 de agosto de 2020 cuando el imputado se hizo presente en el domicilio de su ex pareja, le golpeó la puerta y le solicitó ingresar, ante la negativa de la mujer, el imputado ingresó por la puerta balcón del comedor, sin su autorización. Una vez dentro, golpeó con el puño la puerta de la pieza, dañándola, y comenzó una discusión con el padre de la damnificada, por lo que se retiró del domicilio.

El otro hecho ocurrió el 6 de septiembre de 2020 cuando el imputado se apersonó en el domicilio de su ex pareja e ingresó al mismo por la puerta balcón en contra de la voluntad manifiesta de la mujer. La víctima llamó al 101, el imputado incrementó su violencia, vociferó insultos hacia la nombrada y una vez presente la policía lo sacó de dicha vivienda.

A raíz de este accionar el imputado violó las medidas preventivas urgentes dictadas con fecha 4 de agosto de 2020 por el mismo juez Gilardenghi, quien en esa oportunidad le impuso, por el término de noventa días corridos, las siguientes medidas preventivas urgentes: prohibición de acercamiento personal del imputado al domicilio particular de la damnificada, como así también a los lugares de habitual concurrencia de la misma; la prohibición de contacto del mencionado, por cualquier medio, con la mujer, ya sea de modo personal, telefónico, por mensajes o a través de otras personas, etc. y el cese en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice el mismo hacia la damnificada.

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