Condenaron a un hombre de 76 años que iba a visitar a una amiga y manoseaba a su nieta de 10 años

Condenaron a un hombre de 76 años que iba a visitar a una amiga y manoseaba a su nieta de 10 años
26 Marzo, 2021 a las 16:00 hs.

 El juez de control de General Pico, Alejandro Gilardenghi, en calidad de juez subrogante de audiencia de juicio, condenó a un hombre de 76 años, como autor material y penalmente responsable del delito de “abuso sexual simple”, a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional o en suspenso.

Además le impuso  las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio o residencia, y no ausentarse del mismo sin previa autorización del Juez de Ejecución; abstenerse de relacionarse de cualquier modo con la víctima – una menor de 13 años de edad- y con su abuela materna; someterse a un tratamiento psicológico; y someterse a la observancia de las reglas de conducta por el Juez de Ejecución Penal, y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras .

El juicio oral se desarrolló el  11 de marzo del corriente, en la sala de audiencias nº 1 del edificio judicial de esta Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal del magistrado, la intervención de la fiscal  Ivana Hernández y el defensor oficial Walter Vaccaro.

Con las pruebas aportadas en el  juicio, Gilardenghi dio por probado que, sin poder precisar fecha, en un espacio de tiempo comprendido entre el mes de diciembre de 2018 y principios del mes de marzo del año 2019, la niña damnificada -de entre 10 y 11 años de edad en esas fechas-, estaba sola en la casa de su abuela. En dichas circunstancias, el acusado se hizo presente en el lugar y ante la ausencia de otras personas, aprovechó la ocasión,  manoseó y tocó a la niña en su cuerpo “aprovechando que la nombrada no pudo consentir libremente la acción, en virtud del miedo, de los nervios que la situación le provocó, y por el temor reverencial que le causa el hecho de que el acusado es amigo de su familia (en especial de su abuela materna)”, especificó el magistrado.

La niña develó lo sucedido a la docente de su colegio cuando regresaron a clases luego de las vacaciones. Una vez anoticiada por la niña, la docente le informó a la Directora del establecimiento (su superior jerárquica) quien dio aviso a las autoridades de Coordinación del Ministerio de Educación de la Provincia de La Pampa, además informó a la autoridad judicial del Ministerio Público Fiscal mediante nota escrita y a una trabajadora social del Municipio.

Sobre el monto de la pena a imponer, el juez consideró lo requerido por la fiscal ,seis meses de prisión en suspenso, y agregó que “está claro que por la carencia de antecedentes del acusado corresponde la imposición de pena de ejecución condicional . La pena que requirió la parte acusadora es el límite establecido por la ley al Tribunal o Juez “

Respecto de las reglas de conducta a imponer solicitadas por la fiscal, Gilardenghi las consideró “ adecuadas al caso, proporcionadas, razonables y de cumplimiento posible, en tanto resultan adecuadas para prevenir nuevos delitos”.

Finalmente el magistrado ordenó  remitir en forma inmediata la información pertinente al Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de condenados por Delitos contra la Integridad Sexual.

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