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Defensa del Consumidor en La Pampa: más de la mitad de los reclamos se solucionan en la audiencia e incluso en la primera contestación de la empresa

Defensa del Consumidor en La Pampa: más de la mitad de los reclamos se solucionan en la audiencia e incluso en la primera contestación de la empresa
18 Marzo, 2021 a las 11:18 hs.


En comunicación con “La Redacción” por INFOPICO RADIO 99.9 la responsable de Defensa del Consumidor de la provincia de La Pampa, Florencia Rabario, se refirió a las 16 empresas que fueron sancionadas en el territorio pampeano.

En primer lugar, Rabario explicó que la información conocida acerca de la sanciones a algunas empresas, se dio en el marco de la conmemoración por el día nacional e internacional de los Derechos del Consumidor. Dichas multas saldrán publicadas el próximo viernes en el Boletín Oficial.

Se trata de 16 empresas cuya sanciones en conjunto ascienden a un total de $1.200.000. Si bien advirtió que no puede precisar el nombre de las empresas hasta que no se vean reflejado en el Boletín Oficial, señaló que son de diferentes rubros, magnitud y jurisdicción.

“Tenemos tanto empresas locales, pequeñas pymes familiares así como también grandes empresas nacionales e incluso multinacionales. Refieren a rubros del tipo financieras, empresas de fabricación de productos de herreria, empresa de telefonía y planes de ahorro”.

En tanto, explicó que la función inicial de Defensa del Consumidor está en generar un ámbito de mediación y conciliación, unir a las partes en una audiencia para que traten de solucionar de manera rápida y ágil el inconveniente de consumo que haya tenido la persona.

Ahora bien, si el inconveniente no puede ser solucionado en esa primer instancia de buena voluntad, “lógicamente el expediente tiene que continuar de acuerdo a las atribuciones que da la ley 24.240 de Defensa al Consumidor, y hacer un acto de imputación en donde se verifica si en esa relación de consumo existió o no una infracción a la ley”, explicó Rabario.

Por lo que se le permite el ejercicio de defensa de la empresa y si no logra revertir la situación se la sanciona de acuerdo a las multas económicas que establece la ley y de no pagarse se ejecuta por vía de apremio.

Por su parte, deslizó que notan mucho la falta de conocimiento por parte de los consumidores, “hemos generado una página web que permite a cualquier persona acceder a cierta información primaria básica tanto de las leyes que regulan la defensa del consumidor como algunos consejos y guías prácticas sobre los temas más habituales de consultas en la oficina”.

“La ley prevé específicamente que se debe tener un trato respetuoso, un otorgamiento de información cierta, veraz, detallada de acuerdo a las cualidades particulares del consumidor y a su nivel de institución, si eso no se cumple se tiene muy en cuenta”, aseguró.

En cuanto a los reclamos más usuales que plantean los usuarios, Rabario detalló algunos de los rubros más habituales, “en general lo encabezan las entidades de créditos para consumo, también vemos muchas dificultades en las bajas de servicio a pesar de varias disposiciones que salieron durante la pandemia para que se habilite la solicitud de baja a través de las páginas web no vemos que se esté cumpliendo”.

“Es importante para quien está escuchando que sepa que no tenemos una actuación acotada sino que cualquier inconveniente que sientan que no se ha cumplido la oferta, la publicidad o el acuerdo al adquirir un bien o un servicio pueden consultar con Defensa del Consumidor“.

En la misma línea, Rabario fue consultada sobre cuál es el procedimiento y los tiempos una vez iniciado el reclamo y dijo que han habilitado “varias vías de comunicación, ya sea telefónicas, por correo electrónico y por la página para que puedan acercarnos las consultas que pudiera tener.

El procedimiento se inicia con un reclamo formal, eso se traslada al proveedor para que pueda dar la primera respuesta, que se espera siempre sea la solución al inconveniente, si no es así se convoca a una audiencia.

Las audiencias son presenciales, aunque dado el contexto se intentan evitar aquellas que no sean estrictamente necesarias de acuerdo a la complejidad del asunto dada la emergencia sanitaria.

“A pesar de la situación las estamos fijando en el corto plazo, hemos sido considerados un servicio esencial y trabajamos durante todo el tiempo. No le requerimos a la gente que tome turnos sino que acceda cuando lo necesite”.

En caso de que luego de la audiencia no se consiga una conciliación, se pasa a la etapa del tipo legal formal que es la imputación y sanción.

“Podría decirse que más de la mitad de los inconvenientes se solucionan en la audiencia e incluso en la primera contestación de la empresa ya tratan de hacer un ofrecimiento que muchas veces la persona lo considera suficiente y lo acepta sin necesidad de asistir a la audiencia”.

Sobre la habilitación para adolescentes que quieran iniciar reclamos

Al respecto, sostuvo que “la resolución que ha saco nación es una ratificación de derechos ya que en el Código Civil y Comercial que tenemos vigente desde agosto de 2015 ya establecía la capacidad progresiva de los adolescentes a partir de los 13 años”.

En tanto, señaló que creen innecesario adherir a la resolución porque la realidad es que en la práctica ya se ejerce plenamente. “En ningún momento los adolescentes de nuestra jurisdicción se han visto impedidos de iniciar un reclamo. Si pueden ser consumidores, pueden reclamar al respecto“.

Para ampliar información, efectuar reclamos y seguimiento de un expediente, el consumidor o usuario puede acercarse a la Oficina de Defensa al Consumidor ubicada en la Terminal de Ómnibus, oficinas 3 y 4, o comunicarse al (02322) 43 0076. La consulta para seguimiento de un trámite, debe realizarse con el número de expediente y el apellido del denunciante. 

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