La justicia de La Pampa dictó el sobreseimiento por extinción de la acción penal de un hombre que asesinó a una mujer y luego se suicidó, pero declaró que se trató de un delito de femicidio, lo que le permitirá a los hijos de la víctima acceder a los derechos contemplados en la ley Brisa.
A pedido del fiscal de la localidad de General Acha, Juan Bautista Méndez, se dictó el sobreseimiento de Martín Aníbal Colón (41), femicida de Camila Guevara (38), debido a que murió tras el hecho, informó hoy el Ministerio Público de La Pampa (MPLP).
Además, como lo solicitó Méndez, el juez de Control Héctor Alberto Freigedo declaró que se cometió el delito de femicidio contra Guevara.
“Al calificar el hecho de esta manera permite que los hijos de la víctima tengan derecho a la ley Brisa, la cual otorga una reparación económica para hijos e hijas de víctimas de femicidios, equivalente a un haber jubilatorio mínimo e incluye una cobertura integral de salud hasta los 21 años de edad”, detalló el organismo.
Méndez basó su argumentación en el Protocolo de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género (Femicidio) elaborado por el MPLP.
El fiscal solicitó entonces que se deje constancia en la sentencia que la muerte de Guevara se produjo como consecuencia del accionar delictivo de quien era su pareja en ese entonces y que ese hecho configuró el delito de femicidio.
El 19 enero de este año, Colón mató a Guevara delante de sus hijos de 7 y 15 años en su casa de la localidad pampeana de General Campos y luego se suicidó.