General Pico: gozaba de libertad condicional pero la uso para efectuar disparos en medio de una persecución y ahora quedará nuevamente en prisión

General Pico: gozaba de  libertad condicional pero la uso para efectuar disparos en medio de una persecución y ahora quedará nuevamente en prisión
22 Abril, 2020 a las 19:30 hs.

La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a Elías Alejandro Leonel Alvarez, de 21 años de edad, como autor material y penalmente responsable de los delitos de “amenazas agravadas por el uso de arma de fuego en concurso real con abuso de armas -ambos en concurso ideal-;  con el delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal”, a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento.

Además le unificó la condena con una sentencia anterior, componiendo la pena única de tres años y tres meses de prisión. También le revocó la libertad condicional otorgada y lo declaró reincidente.

El fallo fue dictado a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Juan Ignacio Pellegrino, el defensor particular Oscar Ortíz Zamora y el propio imputado quien admitió su culpabilidadAl momento de presentar el acuerdo se lo hicieron conocer a los dos damnificados, quienes expresaron estar de acuerdo con la vía procesal elegida.

El hecho ocurrió el 25 de noviembre de 2019  cuando un operador del Cecom dio aviso radial que en calle 327 en dirección a Avenida Brunengo, se movilizaba un hombre con una arma de fuego, a bordo de una motocicleta negra, que habría participado de un altercado con otros hombres, los dos damnificados.

Gianinetto agregó en la sentencia que el material probatorio incorporado al legajo es concluyente respecto a la existencia del hecho y que fue cometido por el imputado, que así lo confesó. “Contamos para ello con los testimonios de las víctimas -quienes expresaron que Elías Alvarez primero los apuntó con un arma y luego de una persecución efectuó un disparo que ambos oyeron”.

En referencia al delito de abuso de armas, la jueza expresó que “la acción desplegada puso  en peligro la integridad física de las víctimas, circunstancia que configura el tipo previsto en el artículo 104 del Código Penal”.

Referido al delito de “portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización “, la jueza expresó que el arma utilizada por el imputado “no se encuentra registrada ni reempadronada, no registra medida legal, de acuerdo a lo informado por el Registro Provincial de Armas. Por ello, se configura la figura penal (…) al ser apta para su uso específico y hallándose cargada al momento de ocurrencia del hecho, con posibilidad de uso inmediato por parte del imputado”.

Finalmente en referencia al agravante de “amenazas mediante el empleo de arma”, Ginaninetto agregó que “la conducta desplegada por Alvarez infundió gran temor en los damnificados (…),  estaba dirigida a alarmar o amedrentar”. 

Según el informe del Registro Nacional de Reincidencia Elías Alvarez  registra  una sentencia condenatoria de fecha 20 de abril de 2018, a tres años de prisión de efectivo cumplimiento, por la comisión del delito de robo simple; en la que se encontraba incorporado al régimen de libertad condicional. Con esta sentencia, dicho beneficio le fue revocado.